Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 12/1/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 8

OFICIAL
BOLETIN

Neuquén, 12 de Enero de 2021

ANEXO II
CIRCUITO ADMINISTRATIVO DEL TRÁMITE:
Conforme lo indicado en el Artículo 7º primer párrafo, Artículos 8º y 9º de la Ley Provincial 2183 y Decretos Provinciales Reglamentarios Nº 0353/98 y 0138/20:
1 Los permisionarios y/o concesionarios acreditarán el cumplimiento de los pagos efectuados por servidumbres en forma mensual, conforme lo previsto en el Decreto Nacional Nº 861/96, con la presentación de los comprobantes correspondientes, en cual constará la identificación precisa de los inmuebles y los conceptos por los cuales se efectuó el pago.2 Anualmente realizarán los permisionarios y/o concesionarios una declaración jurada de actualización de datos que contenga todas las afectaciones en las propiedades inmuebles fiscales, realizadas en función de la actividad que desarrollan.
3 La documentación a presentar según lo establecido en los ítems 1 y 2 antes descriptos, se realizará ante la Mesa de Entradas de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente, sita en Santiago de Estero 89 de la localidad de Neuquén, y/o por correo electrónico al mail sdtamesadeentradas@gmail.com.
4 El plazo para la presentación de la declaración jurada prevista en el punto 2 será hasta el 1º de marzo de cada año.
5 Para el caso de no acreditarse los pagos de servidumbres del año calendario anterior se entiende que se opta por la determinación de oficio prevista en el Decreto Provincial Nº 138/20, Artículo 2º.
6 Determinado el monto indemnizatorio, se procederá a confeccionar liquidación notificando al permisionario obligado al pago por el plazo de cinco 5 días, con el objeto de que oponga las excepciones que considere pertinentes a la misma.
7 Las cancelaciones de las obligaciones se realizarán mediante transferencia a la Cuenta N
100/21 Provincia del Neuquén - Adm. Central CBU 09700222-11000001000212.
8 Se establece que no cumplimiento de las obligaciones, dará lugar a la aplicación de los intereses previstos en el Decreto Nacional Nº 861/96, Artículo 38º.
FDO. LARA

DE INTERÉS:
Según la Resolución N 203/02 para publicar en el ejemplar del Boletín Oficial, deberá presentar la Publicación en Original debidamente sellado y firmado y enviar el Word de lo que desea publicar a nuestro correo oficial:
E-mail: boletinoficial@neuquen.gov.ar La Dirección.

SEÑOR USUARIO RECUERDE:

Que escaneando Código QR ingresa al sitio web del Boletín Oficial.

SUMARIO
Edición de 8 Páginas Licitaciones - Pág. 2 a 3
Poder Judicial - L.P. Nº 07/20
E.P.A.S. - L.P. N 14/20
M de Gobierno y Seguridad - L.P. N 05/2021
Normas Legales - Pág. 4 a 8
Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente Resol. N 0012/21: Deja sin efecto la Resolución Nº 313/20.

CORREO ARGENTINO - Cuenta Nº 0000012930F0050 Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 50422130
Tipeado, Compaginado, Armado e Impreso en la Dirección del Boletín Oficial y Archivo.

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 12/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date12/01/2021

Page count8

Edition count1312

First edition12/01/2001

Last issue07/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31