Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 7/7/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
RESOLUCIONES
Dirección General de Minería
DISPOSICIÓN D.G.M. Nº 362
La Rioja, 06 de julio de 2023
Visto: lo invocado por Decreto N 1.024/23, mediante la cual se establece el periodo de receso invernal, de acuerdo a lo previsto por la Ley N 8.766, para la Administración Pública Central, y;
Considerando:
Que la norma legal consignada consagra dicha modalidad para la Dirección General de Minería, haciéndose necesario por lo tanto disponer el acto administrativo pertinente establecido en las características de funcionamiento dentro del periodo de receso.
Que a los fines puntualizados precedentemente y atento a la previsión normativa, se hace necesario establecer horario, nómina del personal que prestará servicios durante la feria y disponer lo que corresponda al Trámite Minero.
Por ello; y en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL DE MINERÍA
DISPONE:
Artículo 1.- Establézcase, como Feria Minera, el periodo comprendido entre el 10 y 21 de julio de 2023, ambos inclusive, con suspensión de términos procesales en el Trámite Minero.
Artículo 2.- Desígnese, como personal administrativo a cargo de Mesa de Entrada durante el periodo de Feria Minera a la Srta. Corzo, María Elena y Deluigi, Jorge Juan José; quienes se desempeñarán en el horario de 8:30 a 12:00.
Artículo 3.- El personal afectado para prestar servicios durante el receso, entrará en compensación de Feria por igual término, desde el 24 de julio de 2023.
Artículo 4º.- La Directora General de Minería, podrá disponer la concurrencia de cualquier otro personal profesional, técnico, administrativo, chofer y/o de maestranza, que serán llamados en cada caso específico y por el tiempo necesario para cumplir las tareas que surgen de las obligaciones de la repartición, quienes serán compensados por los días trabajados mediante los francos correspondientes.
Artículo 5.- Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Capital Humano, publíquese y notifíquese al personal de la Dirección General de Minería. Archívese.
Dra. Paula D. Marinaro Dirección Gral. de Minería
Tribunal Superior de Justicia ACUERDO Nº 19
En la ciudad de La Rioja, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil veintitrés, se reúne en Acuerdo Administrativo el Tribunal Superior de Justicia, con la Presidencia del Dr. Claudio Nicolás Saúl e integrado por los
Viernes 07 de Julio de 2023

Dres. Ana Karina Becerra, Gabriela Irina Asís, Luis Alberto Nicolás Brizuela y Claudio José Ana, con la asistencia de la Secretaria Administrativa, Dra. Ana Gabriela Núñez Lanzilotto con el objeto de resolver lo siguiente: Aprobación del Reglamento General del Expediente Digital Judicial: Y
Considerando: I Que todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de sus derechos ante los tribunales. Así se reconoce en nuestro ordenamiento jurídico en el Artículo 18 de la Constitución Nacional, en el Artículo 30 de la Constitución Provincial, en el Artículo 8.1 y 8.2 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, y en el Artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Para salvaguardar dichos derechos de los ciudadanos es necesaria la modernización de la Administración de Justicia, campo esencial para consolidar el Estado de Derecho y mejorar la calidad de nuestra democracia. II En este contexto de modernización, uno de los elementos de mayor relevancia es, precisamente, la incorporación en las oficinas judiciales de las nuevas tecnologías. Su uso generalizado y obligatorio contribuirá a mejorar la gestión en las oficinas judiciales, actualizando su funcionamiento e incrementando los niveles de eficiencia. Las nuevas tecnologías permiten igualmente abaratar los costos del servicio público de justicia, pero también suponen una mejora de la confianza en el sistema, lo que se traduce en mayor seguridad.
III Que por Acuerdo Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia N 28 de fecha 6 de febrero del corriente año, se dispuso aprobar el proyecto de Expediente Digital Judicial Joaquínelevado para su consideración por la entonces Dirección de Informática y Sistemas de esta Función Judicial.
IV Que para su implementación resulta necesario diseñar el marco regulatorio para su entrada en vigencia. Con dicho propósito, se procedió a la producción del proyecto del reglamento general del Expediente Digital Judicial -Joaquín-, con el objetivo de regular el uso de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia. El principal objetivo de esta norma consiste en definir los distintos aspectos para el funcionamiento del sistema del expediente digital judicial, estableciendo el conjunto de requisitos mínimos de interconexión, interoperabilidad y seguridad necesarios para el desarrollo de los diferentes aplicativos utilizados por el sistema, a fin de garantizar la seguridad en la transmisión de los datos y cuantas otras exigencias se contengan en las leyes procesales. El presente reglamento no expresa una modificación o reforma a los diferentes sistemas procesales que en la actualidad se utilizan para el ejercicio y efectivización de los distintos derechos, sino que regula únicamente los aspectos necesarios para dar cumplimiento a las distintas legislaciones procesales en lo relativo al uso de las nuevas tecnologías. Así, por ejemplo, no se ha buscado establecer plazos o términos distintos de los señalados en las leyes de procedimientos, sino que la norma se limita a establecer los criterios que deben ser considerados para efectuar el cómputo de los mismos si los actos procesales que determinan su comienzo o fin se efectúan a través de medios electrónicos. V Que, efectuada la debida evaluación del proyecto elaborado al efecto por las áreas pertinentes, resulta apropiado proceder a su aprobación, el que como Anexo forma parte del presente. VI Que, a los fines de su implementación, que será gradual y progresiva, entendernos operativamente conveniente delegar en un miembro de este cuerpo la ejecución de las acciones correspondientes. VII Que, asimismo, y debido a la trascendencia y al impacto sobre la administración de justicia de la puesta en vigencia del Expediente digital Judicial, se impone publicar el presente reglamento en el Boletín Oficial de la Provincia, y dar amplia difusión al contenido del presente acuerdo y su antecedente Acuerdo Administrativo N 28/2023.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 7/7/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date07/07/2023

Page count24

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First edition02/01/1998

Last issue22/03/2024

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