Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 16/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 16 de Junio de 2023

BOLETIN OFICIAL

RESOLUCIÓN Nº 416
La Rioja, 07 de junio de 2023
Visto: el Expte. P3-00024-3-22, por el cual la empresa Lartex S.R.L. solicita se le otorguen los beneficios previstos en la Ley Provincial N 10.340; y, Considerando:
Que por la citada ley se crea el Programa Provincial de Fomento de la Industria PFI con el propósito le propender al desarrollo y progreso armónico y equilibrado de la Provincia, destinado personas humanas o jurídicas que se radiquen a partir de la vigencia de la ley o ya radicadas en el territorio provincial que amplíen su capacidad productiva y/o generen empleo genuino local.
Que conforme surge del Artículo 9 de la Ley Provincial N
10.340, el Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria es designado como Autoridad de Aplicación de Programa de Fomento Industrial previsto en la ley y de su reglamentación.
Que el Decreto F.E.P. Nº 2.041/2021, reglamentario de la ley, establece en el Artículo 2 del Anexo I que la Función Ejecutiva determinará al 30 de noviembre de cada año los beneficios y prioridades de radicación e inversión, y definirá la vigencia, criterios de evaluación y cuantificación de los beneficios a otorgar.
Que, en este sentido, la Resolución M.T.E. e I. N 111/2022
fija las prioridades de radicación e inversión, los beneficios a otorgar y los requisitos para acceder a los beneficios promocionales, respecto del periodo 2022.
Que en la presente gestión, la empresa Lartex S.R.L. solicita se le otorgue el beneficio de la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos, encuadrando su situación en la condición establecida en el Artículo 6 inc. B del Anexo I del decreto F.E.P. N 2.041/2021 para las empresas ya radicadas, de mantener y/o aumentar su dotación personal permanente con respecto al 90% del promedio en los últimos 3
años.
Que la empresa Lartex S.R.L. ha dado cumplimiento a los requisitos previstos en el Anexo II de la Resolución M.T.E. e I. N
111/2022, para las empresas radicadas en la Provincia.
Que con relación a su obligación de adjuntar la Resolución de la Secretaría de Ambiente por la cual se apruebe el Aviso de Proyecto /
Estudio de Impacto Ambiental, en el marco de la Ley Nacional N
24.051 y Ley Provincial N 8.735, la empresa no ha concluido con su presentación debiendo otorgarse un plazo perentorio a fin de que dé cumplimiento a tal requisito.
Que de la evaluación practicada por los analistas de la Secretaría de Industria, MIPYME y Comercio surge la viabilidad técnica, económica y legal a los efectos de otorgamiento de los beneficios solicitados.
Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria ha emitido Dictamen Legal N 324/23 por el cual sugiere se otorgue el beneficio.
Por ello y de acuerdo con las normas en los Artículos 2 inc.
B, 4 inc. A, 6 inc. D y 9 de la Ley Provincial N 10.340; Artículos 6 inc. B, 10, 13 inc. B, y 24 del Anexo I del Decreto F.E.P. N
2.041/2021 y Resolución M.T.E e I. N 111/2022 Anexo II;

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO E INDUSTRIA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a la empresa Lartex S.R.L. CUIT N
30-62866235-1, el beneficio de la exención de un cien por ciento 100 % sobre el Impuesto a los Ingresos Brutos, por su actividad industrial en la provincia de La Rioja, por un plazo de cinco 5 años contados a partir del 1 de junio del corriente año, en el marco de la Ley Pcial. 10.340.
Artículo 2.- Otorgar a la empresa Lartex S.R.L., el beneficio de exención del Impuesto a los Sellos, sobre todos los actos, contratos y operaciones que instrumente la beneficiaria como consecuencia de su actividad en la provincia de La Rioja y por la parte que le correspondiere en carácter de sujeto tributario, por un
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plazo de cinco 5 años contados a partir del 1 de junio del corriente año, en el marco de la Ley Pcial. 10.340.
Artículo 3º.- Otorgar a la empresa Lartex S.R.L., el beneficio de exención del Impuesto Inmobiliario, respecto de los inmuebles afectados exclusivamente a la actividad industrial de la firma: a Matrícula Catastral: Circunsc. I - Sección H - Manzana 494
- Parcela h, Matrícula Registral C-4.252; b Matrícula Catastral:
Circunsc. I - Sección H - Manzana 497 - Parcela j - Matrícula Registral: C-14.332; e Matrícula Catastral: Circunsc. I - Sección H
- Manzana 494 - Parcela m; Matrícula Registral: C-25.347; d Matrícula Catastral: Circunsc. I - Sección H - Manzana 497 Parcela i; Matrícula Registral: C-14.331; y e Matrícula Catastral:
Circunsc. I - Sección H - Manzana 494 - Parcela i; Matrícula Registral: C-6.505. Dicho beneficio será por el plazo de cinco 5
años contados a partir del 1 de Junio del corriente año, en el marco de la Ley Pcial. 10.340.
Artículo 4.- Otorgar a la empresa Lartex S.R.L., el beneficio de exención del Impuesto Automotor, respecto de los vehículos afectados exclusivamente a la actividad industrial de la firma: a Dominio AA036KO - Marca Toyota Hilux 4x2 D/C DX 2.4 TDI 6M/T Modelo 2016; b Dominio AA036KP -Marca Toyota Hilux 4x2 D/C DX
2.4 TDI 6M/T - Modelo 2016; c Dominio AA036KR - Marca Toyota Hilux 4x2 D/C DX 2.4 TDI 6M/T - Modelo 2016; d Dominio AE423AV - Marca Toyota Corolla 2.0 XLI MT - Sedan 4 puertas Modelo 2020; e Dominio AE423AW - Marca Toyota Corolla 2.0 XLI
MT - Sedan 4 puertas - Modelo 2020; f Dominio AE423AX - Marca Toyota Corolla 2.0 XLI MT - Sedan 4 puertas - Modelo 2020; g Dominio AE423AU - Marca Toyota Etios x 1.5 6M/T - Sedan 5 puertas - Modelo 2020; h Dominio AE840BJ - Marca Mercedes Benz Spinter 516 CDI Furgón - Modelo 2021; i Dominio AF617GS - Marca Toyota Hilux 4x4 D/C SRX 2.8 TDI 6 A/T - P - Modelo 2022; j Dominio AF611GT - Marca Toyota Hilux 4x2 D/C DX 2.4 TDI 6 M/T - Modelo 2022; k Dominio AF261VC - Marca Shineray T30 - Pick Up cabina Simple - Modelo 2022. Dicho beneficio será por el plazo de cinco 5
años contados a partir del 1 de junio del corriente año, en el marco de la Ley Pcial. 10.340.
Artículo 5º.- Determinar que la empresa Lartex S.R.L.
beneficiaria del régimen instituido por la Ley Provincial N 10.340, deberá mantener como mínimo, durante la vigencia del beneficio, la cantidad de seiscientos cincuenta y dos 652 personas en relación de dependencia y con carácter permanente en su actividad industrial en la provincia de La Rioja.
Artículo 6.- Acordar un plazo de ciento ochenta 180 días a los fines de que la empresa Lartex S.R.L. presente la Resolución de la Secretaría de Ambiente por la cual se apruebe el Aviso de Proyecto /
Estudio de Impacto Ambiental, por el marco de la Ley Nacional N
24.051 y Ley Provincial N 8.735.
Artículo 7.- Establecer la obligación de la beneficiaria de solicitar en forma anual el correspondiente Certificado a la Secretaría de Industria, MIPYME y Comercio, al través del cual se confirme la vigencia del beneficio.
Artículo 8º.- La beneficiada deberá suministrar a la Secretaría de Industria, MIPYME y Comercio toda la información que le sea requerida y permitirá la realización inspecciones, de acuerdo a lo normado por el Artículo 24 del Anexo I del F.E.P. N 2.041/2021, a los efectos de poder ejercer las funciones de control que el mencionado decreto implanta.
Artículo 9º.- Los derechos y obligaciones emergentes del presente acto administrativo, se regirán por la Ley provincial N 10.340, el Decreto F.E.P. N 2.041/2021, la Resolución M.T.E e I. N 111/2022
y la presente Resolución, sus normas complementarias y/o las normas que en el futuro las sustituyan.
Artículo 10º.- Comunicar la presente y remitir copia certificada a la Dirección General de Ingresos Provinciales a los efectos de aplicar el beneficio de acuerdo a los procedimientos establecidos.
Artículo 11.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Cr. Federico R. Bazán Ministro de Trabajo, Empleo e Industria

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 16/6/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date16/06/2023

Page count16

Edition count2453

First edition02/01/1998

Last issue22/03/2024

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