Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 18/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 1009
La Rioja, 17 de agosto de 2020
Visto: La declaración de Pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud por la afección generada por el virus COVID-19, los Decretos N
260/20, 297/20, 520/20, 677/20, sus complementarios y concordantes, y la situación epidemiológica provincial;
y, Considerando:
Que en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud OMS en relación con el COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto 260/20 amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en tanto que por Decreto 297/20 dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio para todas las personas que habitan en el país o se encuentran en él en forma temporaria entre el día 20 y 31 de marzo del corriente año, ampliándose dicho plazo sucesivamente por nuevos decretos que lo fueron complementando.
Que en la actualidad se encuentran vigentes en el país dos medidas generales que se adoptan en las distintas provincias de acuerdo a la situación epidemiológica que tenga cada una, ellas son:
aislamiento social, preventivo y obligatorio, y distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Que por Decreto 520/20 el Estado Nacional estableció la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio para algunas provincias entre las que se encuentra La Rioja, la cual fue luego prorrogada sucesivos decretos.
Que en atención a la situación epidemiológica actual en las distintas regiones del país, por Decreto 677/20 de fecha 16 de agosto el Poder Ejecutivo Nacional incluyó a los Departamentos Capital y Chamical de nuestra provincia como regiones alcanzadas por la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Que al mismo tiempo el citado instrumento legal, faculta a los Gobernadores y las Gobernadoras de Provincias a disponer excepciones a la medida de aislamiento y prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas, con la obligación de implementar protocolos de funcionamiento para cada una de ellas.
Que durante el transcurso de estos más de ciento cincuenta 150 días desde el inicio de las políticas de aislamiento y distanciamiento social, el Estado Provincial ha mejorado e incrementado la capacidad de asistencia del sistema de salud, la adquisición de insumos y equipamiento y fortalecido el entrenamiento del equipo de salud, tarea que se viene logrando con
Martes 18 de Agosto de 2020

buenos resultados, habiéndose evitado, hasta la fecha, la saturación del sistema de salud.
Que en tal sentido en materia de salud se tomaron importantes medidas para fortalecer el sistema, tales como:
REFERIDO A LA ATENCION.
- Plan de contingencia para el Primer Nivel de Atención.
- Refuncionalizado la actividad de los CAPS, para la atención de pacientes respiratorios y otros para la atención de patologías prevalentes.
- 4 Centros de Salud con guardias las 24 horas.
- 3 Centros de Salud hasta las 19 horas.
- 3 Centros de Salud hasta las 22 horas.
2 Y 3 NIVEL DE ATENCIÓN
- Convenio entre lo público y las clínicas privadas de toda la provincia para la atención.
- Cronograma semanal de distribución de la patología en pacientes sin cobertura.
- Coordinación de los servicios de derivación público y privado.
- Incorporación del Hospital de la clínica Virgen María de Fátima, destinándose el mismo al tratamiento de pacientes COVID-19 positivos graves.
- Capacidad: 36 camas para respiradores entre UTI y Terapia Intermedia y 60 camas en sala común.
HOSPITAL DR. ENRIQUE VERA BARROS
- Se refuncionalizó la atención de pacientes, acondicionando un área del hospital carpa para respiratorio y COVID positivos leves y moderados.
- 34 camas, de las cuales 14 cuentan con respirador.
- RX, laboratorio.
- Dejando el resto de la capacidad hospitalaria UTI=21 respiradores y sala común 86, cuidados especiales 72, como reserva para el caso de que la pandemia avance.
HOSPITAL DE LA MADRE Y DEL NIÑO
- En las guardias se acondicionó con Triage de embarazadas y pediátrica.
- Camas de aislamiento: 6 camas COVID-19.
- Camas totales 224: 86 generales y 72 cuidados especiales.
- Camas UTI adultos 8.
- Camas UTI 12 pediátricos.
- Se creó la residencia para madres del interior de la provincia 40 camas disponibles, siendo derivadas las mismas de las Zonas Sanitarias a las 38 semanas AMP.
HOSPITALES ZONALES
-

Zona Sanitaria I: 501 camas Zona Sanitaria II: 66 camas Zona Sanitaria III: 216 camas

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 18/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date18/08/2020

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