Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 23/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 23 de Febrero de 2022

Diputación de Córdoba Núm. 502/2022
El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el día 16 de febrero de 2022, adoptó acuerdo de aprobar la modificación del artículo 14.2 de los Criterios y Directrices para la elaboración, aprobación y ejecución del Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal para el cuatrienio 2020-2023, relativo a la ejecución, abono y justificación de los fondos, quedando el contenido del mismo como sigue: << 14. EJECUCIÓN, ABONO Y JUSTIFICACIÓN DE LOS
FONDOS
14.2. Todas las entidades locales beneficiarias del presente Plan Provincial que hayan solicitado la contratación de la actuación, la ejecución directa de la obra o la adquisición de inmuebles necesarios para la prestación de un servicio de competencia municipal, se les transferirá, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, el importe de la actuación o actuaciones solicitadas. En todo caso, estas Entidades Locales no podrán comenzar la actuación inicio del expediente de contratación administrativa, inicio de la obra en el sistema de ejecución directa o formalización de la adquisición mediante Escritura Notarial para la adquisición de inmuebles hasta que no haya sido supervisado el Proyecto Técni-

co de la obra o el informe técnico municipal sobre el valor de la adquisición por los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 32 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, este acuerdo se somete al trámite de información pública durante un plazo de diez días hábiles, al objeto de que las Entidades Locales interesadas, puedan formular alegaciones y/o reclamaciones frente a la misma.
Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, 18 de febrero de 2022, el Diputado Delegado de Cohesión Territorial, Juan Díaz Caballero.

Núm. 508/2022
El Pleno de la Diputación de Córdoba, con fecha 16 de febrero de 2022, ha adoptado la siguiente resolución cuyo extracto es el siguiente:
PRIMERO. Acordar la aprobación provisional del proyecto de obra, en relación con la ejecución del proyecto "MEJORA DE
PUENTE GENIL A CO-6301 POR EL PALOMAR PUENTE GENIL Y SOTOGORDO PUENTE GENIL Pk. 2,683 A 6,833", SEGUNDO. Aprobar la siguiente Relación de Bienes y Derechos y propietarios de los mismos afectados por expropiación forzosa incluida en el proyecto de obras:

"MEJORA DE PUENTE GENIL A CO-6301 POR EL PALOMAR PTE GENIL Y SOTOGORDO PTE GENIL Pk. 2,683 A 6,833", Término Mpal.

Puente Genil
TITULAR

Uso
Superficie m
Superf. dominio Público Adyacente
Nº olivos
38

Rafael Campos Reina e hijos
OR

18

998

9

20

39

José Baena Franco
O-E

311

1486

14

20

41

José Morillo Prieto
O

48

207

4

23

102 Dolores Baena Franco
OR

401

801

21

23

103 Margarita Reina Estrada
O

229

1.751

33

23

129 Dolores Baena Franco
O-MB

62

1.713

17

23

130 José Baena Franco
24

155 Antonio Franco Cáceres
24

900 Ayuntamiento de Puente Genil
Políg.

Parc.

20

O

8

OR

894

2

I

651

3

OR = Olivar Riego E = Pastos O = Olivos secano I = Improductivo MB = Monte Bajo
TERCERO. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincial y en el Tablón de anuncios del respectivo/os Ayuntamiento/s de los términos municipales donde radican los bienes y derechos a ocupar, anuncio relativo a la aprobación provisional del proyecto, incluyendo la relación de bienes y propietarios afectados por el expediente de expropiación forzosa, y en prensa haciendo alusión a dichos anuncios, así mismo dicha publicación deberá realizarse en el portal de transparencia de esta Diputación de acuerdo con el artículo 13.1 de la Ley de Transparencia de Andalucía, para el inicio de trámite de alegaciones durante el plazo de 20 días hábiles, entendiéndose automáticamente aprobado de forma definitiva, en caso de que no se produzcan alega-

ciones al proyecto. La aprobación del proyecto implicará la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y de los derechos correspondientes, todo ello a los fines de la expropiación, de la ocupación temporal o de la imposición o modificación de servidumbres.
CUARTO. Continuar con el procedimiento establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y artículo 16 del Real Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa y las demás actuaciones previstas en dicha Norma.
El Proyecto de referencia, podrá consultarse, pidiendo cita, en el Servicio de Carreteras de esta Diputación de Córdoba, situado
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
ADMINISTRACIÓN LOCAL

Nº 37 p.1029

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 23/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date23/02/2022

Page count34

Edition count3540

First edition04/01/2010

Last issue15/05/2024

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