Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 15/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 15 de Octubre de 2021

del Ayuntamiento distinta de la prevista estatutariamente mediante Decreto de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento.
-Determinar la cuantía máxima de los contratos que vaya a celebrar la Agencia que precisen autorización del órgano que, en cada momento, determinen las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogados los Estatutos del INSTITUTO MUNICIPAL
DE DEPORTES IMDECO aprobados por el Excelentísimo Ayuntamiento, en sesión de Pleno del 2 de junio de 2005.
DISPOSICIÓN FINAL
Los presentes Estatutos entraran en vigor, una vez aprobados definitivamente por el Pleno, a partir del día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Córdoba, 22 de septiembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Presidente del IMDECO, Manuel R. Torrejimeno Martín.

Núm. 3.932/2021
El Consejo Rector del IMDECO, en sesión extraordinaria, celebrada el día 27/09/2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PRIMERO. Aprobar la MASA SALARIAL TOTAL del IMDECO
del ejercicio 2021, para el personal afecto a Convenio Colectivo, y en los términos previstos por Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, por importe de 2.152.617,64 €
SEGUNDO. Publicar la aprobación de dicha MASA SALARIAL
2021, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Córdoba y en el BOP-Córdoba.
Córdoba, 5 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Presidente del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, Manuel Torrejimeno Martín.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Artículo 42. Liquidación de la Agencia Publicado el acuerdo de disolución al que se refiere el artículo anterior se entenderá automáticamente iniciada la liquidación.
La liquidación tendrá lugar por la cesión e integración global, en unidad de acto, de todo el activo y el pasivo de la Agencia en el Ayuntamiento de Córdoba que le sucederá universalmente en todos sus derechos y obligaciones. El órgano o entidad designada como liquidador determinará, en cada caso, el órgano o entidad concreta, del Ayuntamiento de Córdoba, donde se integrarán los elementos que forman parte del activo y del pasivo del organismo público liquidado.
La responsabilidad que le corresponda al empleado público como miembro de la entidad u órgano liquidador será directamente asumida por el Ayuntamiento de Córdoba que lo designó. El Ayuntamiento de Córdoba podrá exigir de oficio al empleado público que designó a esos efectos la responsabilidad en que hubiera incurrido por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, culpa o negligencia graves, conforme a lo previsto en las Leyes administrativas en materia de responsabilidad patrimonial.
El Ayuntamiento de Córdoba quedará subrogado automáticamente en todas las relaciones jurídicas que tuviera la Agencia con sus acreedores, tanto de carácter principal como accesorias, a la fecha de adopción del acuerdo de disolución o, en su defecto, a la fecha en que concurriera la causa de disolución, incluyendo los activos y pasivos sobrevenidos. Esta subrogación no alterará las condiciones financieras de las obligaciones asumidas ni podrá ser entendida como causa de resolución de las relaciones jurídicas.
Formalizada la liquidación de la Agencia se producirá su extinción automática.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
En cumplimiento de la normativa vigente sobre régimen local, sin necesidad de modificar los Estatutos, se podrá:
-Modificar el cambio de adscripción de la Agencia a otra Área
Nº 197 p.6317

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 15/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date15/10/2021

Page count25

Edition count3533

First edition04/01/2010

Last issue06/05/2024

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