Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 13/7/2021

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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EL IMDEEC se reserva el derecho de solicitar cualquier otra documentación acreditativa de los conceptos de gasto subvencionables.

En caso de que un justificante de pago incluya varios documentos de gasto, se acompañará de una relación de éstos, en la que se aprecie de forma clara que el pago corresponde a cada operación individualizada.

Los justificantes bancarios de pago deben coincidir exactamente con el importe de cada operación individualizada. En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto, se deberán remitir todos los justificantes bancarios de pagos efectuados hasta la totalidad del importe.

No se admitirán pagos en efectivo, o al contado, superiores a 1.000 €.

Servirá de justificante de pago el facilitado por las entidades bancarias, independientemente de la modalidad de pago utilizada Cheque bancario, Transferencia, Domiciliación, Efectos, Tarjeta de Débito o Crédito, Efectivo o cualquier otra forma de pago dinerario.

Se presentarán adjuntos al documento del justificante del concepto de gasto que corresponda y deberán contener suficiente información que los identifique y relacione con éste.

2. JUSTIFICANTES DE PAGOS:

El Recibo de liquidación de cotizaciones antiguo TC1 y la relación nominal de trabajadores antiguo TC2 mensuales donde conste/n la/s persona/s contratada/s objeto de subvención.

LAS NÓMINAS mensuales, que deberán presentarse en formato PDF, selladas y firmadas por la Beneficiaria y por la persona trabajadora.

En el supuesto de que la operación que se documenta en una factura esté exenta del Impuesto, se realizará una referencia a las disposiciones correspondientes de la Directiva 2006/112/CE, de 28 de noviembre, relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, o a los preceptos correspondientes de la Ley del Impuesto o indicación de que la operación está exenta.
Igualmente se aplicará cuando se documenten varias operaciones en una única factura y las circunstancias que se han señalado se refieran únicamente a parte de ellas.

La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se sea distinta a la fecha de expedición de la factura.

La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.

El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.

Descripción de las operaciones concepto del gasto de forma detallada, no se admiten conceptos como varios, etc., consignándose todos los datos necesarios para determinar la base imponible del Impuesto y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto y cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario.

Domicilio, tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario de las operaciones Beneficiaria de subvención con domicilio del centro de trabajo ubicado en el municipio de Córdoba donde se lleven a cabo las citadas operaciones.

N.I.F./ N.I.E. del obligado a expedir la factura y del destinatario Beneficiaria de subvención.

Nombre y apellidos o denominación social completa, tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario empresa solicitante subvención de las operaciones.

Fecha de su expedición.

Número y, en su caso, serie
LAS FACTURAS COMPLETAS o su duplicado : Deberán contener suficiente información de detalle que permita relacionarla con el concepto de gasto justificado y contendrán los datos o requisitos que se citan a continuación, sin perjuicio de los que puedan resultar obligatorios a otros efectos y de la posibilidad de incluir cualesquiera otras menciones:

Martes, 13 de Julio de 2021
Nº 132 p.4298

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 13/7/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date13/07/2021

Page count53

Edition count3537

First edition04/01/2010

Last issue10/05/2024

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