Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 25/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Lunes, 25 de Mayo de 2020

acompañadas de la documentación descrita en la O.M. de 26 de octubre de 1998, la declaración responsable a que hace referencia el apartado 4 del artículo 3 de la Orden TAS 816/2005, de 21
de marzo, certificación acreditativa de que la entidad dispone de asignación presupuestaria para la financiación de todas las partidas no subvencionadas por el SEPE emitida por la Corporación, cualquier otra documentación que el órgano gestor estime conveniente para clarificar y determinar la titularidad, competencia y uso actual y posterior que tendrá el bien sobre el que se pretende la actuación y, las señaladas en las Instrucciones de la Dirección Provincial del SEPE.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas se determina la tramitación electrónica de expedientes, por lo que cualquiera de la documentación referida anteriormente deberá presentarse en formato electrónico: pdf, jpg, png o cualquier otro tipo de fichero susceptible de ser enviado mediante el Registro Electrónico General, en cualquiera de los soportes informáticos reconocidos: memoria usb, DVD o CDROM.
B. Criterios para la determinación de las cuantías de las subvenciones:
Se tendrá en cuenta un conjunto de factores que analizarán los datos del mercado de trabajo de la oferta y de la demanda de empleo de las localidades de la provincia.
Como resultado se obtendrá una cifra, que tendrá la consideración de cuantía máxima de subvención que la Corporación podrá solicitar, dividida en dos cantidades distintas: subvención destinada a proyectos de Garantía de Rentas y subvención destinada a proyectos Generadores de Empleo Estable.
C . Procedimiento de concesión:
El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concesión directa y se iniciará a instancia de parte, mediante solicitud del interesado dirigida al Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Córdoba, órgano competente para resolver sobre el otorgamiento.
El Órgano competente notificará la resolución sobre la concesión en el plazo de seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de esta Dirección Provincial. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 de la citada Ley.
Córdoba, 21 de mayo de 2020. Firmado electrónicamente por el Director Provincial del SEPE P.S. Resol. 6-10-08 del SEPE
BOE 247 DE 13-10-2008, Antonio Bracero Montoro.

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputación de Córdoba Núm. 1.236/2020
El Presidente de esta Excma. Diputación de Córdoba, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.1,i de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, aprobó mediante decreto nº 2020/00002100 de 24 de abril de 2020, el Quinto Expediente de Modificación por Suplementos de Crédito del Presupuesto 2020 de la Diputación de Córdoba.
No habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo durante el plazo de exposición al público, que finalizó el pasado día 20 de mayo, de conformidad con lo estipulado en el artículo 169.3

del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, RD 2/2004, de 5 de marzo, se publica a continuación:
1º. La aprobación definitiva del Quinto Expediente de Modificación por Suplementos de Crédito del Presupuesto 2020 de la Diputación de Córdoba, con el siguiente resumen por capítulos:
EMPLEOS
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

180.000,00

Capítulo 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios
180.000,00

TOTAL EMPLEOS

180.000,00

RECURSOS
BAJAS DE CRÉDITO

180.000,00

Capítulo 5: Fondo de Contingencia y Otros Imprevistos
180.000,00

TOTAL RECURSOS

180.000,00

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo.
Córdoba, 22 de mayo de 2020. Firmado electrónicamente por la Vicepresidenta 2, Felisa Cañete Marzo
Ayuntamiento de Córdoba Núm. 1.220/2020
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada el día 14 de mayo de 2020, adoptó acuerdo de aprobación inicial de las siguientes modificaciones presupuestarias:
- Suplemento de Crédito por importe de 147.690,00 €.
- Crédito Extraordinario por importe de 51.727,50 €.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 177. 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en aplicación del artículo 169 de la misma Ley, quedan expuestas al público las modificaciones presupuestarias del Presupuesto del año 2020 referenciadas anteriormente, así como los documentos complementarios de éstas en el Portal de Transparencia habilitado en el enlace https www.cordoba.es/economico-financiera/1-informacion-contable-y-presupuestaria, durante un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al que aparezca publicado el presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con objeto de que en dicho plazo puedan interponerse las reclamaciones oportunas.
En caso de no haber reclamaciones, las citadas modificaciones se considerarán definitivamente aprobadas.
Córdoba, 20 de mayo de 2020. Firmado electrónicamente por el Teniente de Alcalde-Delegado de Hacienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio y Vivienda, Salvador Fuentes Lopera. Decreto Núm. 5.210, del 18 de junio de 2019. Vº Bº. Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.

Ayuntamiento de Hornachuelos Núm. 1.181/2020
Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y/o sugerencias contra el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante en el término municipal de Hornachuelos, sin que se haya presentado al-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 98 p.1988

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 25/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date25/05/2020

Page count18

Edition count3541

First edition04/01/2010

Last issue06/06/2024

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