Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/4/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Martes, 21 de Abril de 2020

ja de hecho y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, y progenitores o ascendientes que residan en la misma vivienda.
Artículo 6. No duplicidad Mediante este Plan se pretenden cubrir aquellas necesidades más urgentes que actualmente no están siendo satisfechas por otras Administraciones, todo ello con la voluntad de garantizar una protección integral a todas aquellas familias y sectores más desfavorecidos en el marco de una actuación coordinada con otras Administraciones públicas para evitar duplicidades.
Artículo 7. Publicación y entrada en vigor El presente Plan entrará en vigor una vez que se haya producido su publicación en el tablón de anuncios.
Segundo: Publicar esta Resolución en el Tablón de edictos de la Corporación.
Tercero. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación para su conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre.
Villa del Rio a 17 de abril de 2020. Firmado electrónicamente:
El Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.

El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
necesidad o a las empresas de de los diferentes suministros o servicios.
A los beneficiarios de las ayudas se les facilitará por el Ayuntamiento una copia del justificante de pago de sus facturas abonadas.
Artículo 5. Requisitos de los beneficiarios de las ayudas Para poder ser beneficiario de las ayudas contenidas en el presente plan el solicitante de las mismas deberá de cumplir los siguientes requisitos:
1. Tener cumplidos los 18 años de edad.
2. Tener residencia en Villa del Río con, al menos, un mes de antelación a la fecha de la declaración del estado de emergencia.
Dicho requisito podrá acreditarse mediante los datos contenidos en el Padrón Municipal de Habitantes.
3. Encontrarse en situación de desempleo o situación equivalente y que su situación económica se haya visto agravada como consecuencia de la declaración de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.
4. La ayuda a conceder se entiende realizada a la unidad familiar en su conjunto, sin que se puedan solicitar diferentes ayudas por miembros de la misma. Se considera unidad familiar a efectos de este plan a la constituida por la persona solicitante de la ayuda y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pare-

Nº 75 p.1758

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date21/04/2020

Page count17

Edition count3531

First edition04/01/2010

Last issue02/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930