Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/5/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

ADMINISTRACIÓN ELECTORAL
Junta Electoral de Zona Pozoblanco Córdoba Núm. 1.361/2019 Corrección de anuncio Observado error en el anuncio núm. 1.361/2019, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 81, de 30 de abril de 2019, consistente en la omisión de la Circunscripción Electoral de Conquista, procedemos a su publicación.
Circunscripción Electoral: CONQUISTA
Candidatura núm. 1: PARTIDO POPULAR PP
TITULARES
1. Jesús Mora Luna 2. Estefanía Cortés Muñoz 3. Juan Felipe Borreguero 4. Jesús Mora Corredera 5. María Luisa Rísquez Gutiérrez 6. María del Carmen Carmona Rísquez 7. Francisca Muñoz Gutiérrez SUPLENTES
1. Catalina Corredera Jaut Candidatura núm. 2: PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL DE ANDALUCÍA PSOE-A
TITULARES
1. Francisco Buenestado Santiago 2. María Buenestado Batalla 3. Manuel Castillejo Gutiérrez 4. Enrique Guillena Chico 5. Juan José Blanco Pozo 6. Ana María Sánchez Borreguero 7. María Lucía Cortés Fernández SUPLENTES
1. Cristóbal García Vizuete 2. Ana María Rubio Cabrera 3. José Miguel Chico Prior 4. Justa Fernández Mengíbar 5. Sebastián Ferrero Romero 6. Esperanza Cortés Muela Quedando de esta forma subsanado dicho error.

JUNTA DE ANDALUCIA
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía Delegación Territorial de Córdoba.
Núm. 1.330/2019
Convenio o Acuerdo: Transportes Viajeros por Carretera Expediente: 14/01/0091/2019
Fecha: 09/04/2019
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación Destinatario: Antonio Miguel Arroyo Díaz Código 14000235011983.
Visto el Texto del Convenio Colectivo suscrito por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Córdoba, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depó-

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sito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
ACUERDA
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ., Ángel Herrador Leiva CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS
POR CARRETERA DE CÓRDOBA 2018, 2019 y 2020
Capítulo I
Representación y ámbito Artículo 1. Representación y ámbito de aplicación El contenido del presente convenio ha sido negociado, entre la Agrupación de Empresas de Transportes de Viajeros por Carretera de Córdoba ATC, y el Sindicato Provincial de Servicios, Movilidad y Consumo FESMCUGT Córdoba, siendo el ámbito de aplicación el de Córdoba y su provincia.
Artículo 2. Ámbito funcional y personal El presente Convenio colectivo afecta a todos los trabajadores y empresarios de Córdoba y su provincia cuya actividad sea la del transporte de viajeros por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias, en la modalidad de regular y discrecional y estaciones de autobuses, así como las empresas del sector que se creen durante la vigencia del presente Convenio.
Artículo 3. Ámbito temporal Este convenio tendrá una vigencia de 3 años, comenzando a regir el día 1 de enero de 2018 y prolongándose hasta el 31 de diciembre de 2020.
Según lo establecido en el artículo 83.3 párrafo 4 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, transcurridos dieciocho meses desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.
Capítulo II
Retribuciones Artículo 4. Incremento salarial - Año 2018: Se mantendrán vigentes las tablas salariales correspondientes a 2017.
- Año 2019: En todos los conceptos económicos se abonarán los valores vigentes el 31/12/2018 incrementados en la cuantía resultante de aplicar a dichos valores el 1,85%.
- Año 2020: En todos los conceptos económicos se abonarán los valores vigentes el 31/12/2019 incrementados en la cuantía resultante de aplicar a dichos valores el 2,00%.
ABONO DE ATRASOS:

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Viernes, 03 de Mayo de 2019

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/5/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date03/05/2019

Page count24

Edition count3539

First edition04/01/2010

Last issue14/05/2024

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