Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 26/3/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 25 - 26/03/2019

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

DECRETOS
Decreto SP. Nº 243
FACULTASE AL MINISTERIO DE SERVICIOS
PUBLICOS A OTORGAR SUBSIDIO A LAS
EMPRESAS PRESTATARIAS DEL SERVICIO
PUBLICO DE TRANSPORTE
San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de Febrero de 2019.
VISTO:
El expediente letra D N 28018/2018, mediante el cual se tramita la implementación del subsidio provincial, destinado a las empresas de transporte público de pasajeros; y CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno Nacional decidió detraer los subsidios a las empresas prestatarias del Servicio de Transporte de Pasajeros, lo que repercute directamente en la tarifa que deben abonar los usuarios del transporte público de pasajeros, en consecuencia, el Gobierno Provincial con el fin de garantizar la continuidad, regularidad, generalidad y obligatoriedad en las necesidades generales en materia de transporte decidió, compensar las pérdidas de los subsidios.
Que, esta clase de subsidios se caracterizan como el resultado de una acción de gobierno que confiere una ventaja a los consumidores o productores con el objetivo de complementar sus ingresos o reducir sus costos, en este sentido, con estas compensaciones dinerarias se garantiza la eficiencia económica y la inclusión social, contribuyendo a restablecer la competitividad entre los distintos modos de transporte y a garantizar la necesidad social que provee movilidad para el acceso a derechos esenciales de las personas como la salud, el empleo, y la educación, de esta manera la implementación del subsidio se justifica sobre la base de que el transporte es un SERVICIO ESENCIALES, que garantiza el bienestar de las personas.
Que, estos tipos de subsidios sirven: 1 Para que los usuarios del transporte tengan tarifas accesibles. 2 Para
Pág. 843

que quienes están en situación de vulnerabilidad viajen con tarifas reducidas. 3 Para que personas con discapacidad, estudiantes y jubilados viajen gratis. 4
Para que haya servicios en lugares de fomento. 5 Para que los trabajadores perciban salarios dignos. 6 Para promover nuevos puestos de trabajo. 7 Para sostener el proyecto de capacitación profesional. 8 Para mantener la actividad sobre estándares y procesos de calidad. 9
Para poder renovar las unidades y aumentar la flota. 10
Para poder mantener y reparar las unidades. 11 Para desarrollar tecnologías que ayuden a mejorar la gestión.
12 Para pagar regularmente las obligaciones fiscales.
13 Para que las ciudades mejoren sus condiciones ambientales. 14 Para garantizar otros servicios públicos esenciales como son el acceso a la salud, educación, entre otros.
Que, a través del Convenio N 2018-65358464, suscripto entre la Secretaría de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia de Catamarca, el Gobierno Provincial, se compromete a efectivizar durante cada período mensual como mínimo un monto igual al CINCUENTA POR CIENTO 50%, de las sumas que venía liquidando el Estado Nacional, a través del sistema integrado de transporte automotor SITAU y su compensación complementaria provincial CCP y del monto compensado en los términos del Régimen de Gasoil a Precio Diferencial.
Que, el transporte público de pasajeros, es considerado un servicio público, y como tal, es el principal medio de movilidad de gran parte de la sociedad, permitiendo con su eficaz y regular funcionamiento, el acceso a la salud pública, a la educación escolar, a los diferentes puestos laborales revelando su notoria indispensabilidad cuya finalidad es satisfacer con continuidad, regularidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad, en igualdad de condiciones para todos los usuarios, las necesidades comunitarias de carácter general en materia de transporte, en consecuencia el transporte público bajo cualquier modalidad en que se implemente deberá ofrecer: capacidad, rapidez, seguridad, comodidad, accesibilidad en precio y confiabilidad, para todas las personas del transporte público.
Que, se hace necesario con el dictado del presente instrumento, asegurar la calidad y eficacia del servicio con razonable y adecuada rentabilidad.

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 26/3/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

CountryArgentina

Date26/03/2019

Page count27

Edition count1388

First edition01/12/2006

Last issue23/04/2021

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31