Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 8/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 388 - 08/02/2019

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Dcto. Acdo. Nº 1753 28-12-2018 Modifícase el Cálculo de Recursos y los créditos presupuestarios especificados en las planillas incluidas en el Anexo del Dcto. Acdo. Nº 01/18, Incrementando $ 50.000.000,00 en Recursos del Tesoro Provincial y $ 10.000.000,00 en partidas de laSubsec. de Finanzas en Ingresos Públicos, conforme se indica en los Anexos I y II, que forman parte del presente. Otórgase la suma 10.000.000,00, al Municipio de la localidad de San Fernando del Valle de Catamarca, la cual será transferida previo cumplimiento por parte del mismo,de la documentación e información fiscal requerida por el Mtrio. de Hacienda y Finanzas y Subsec. de Asuntos Municipales del Mtrio. de Gobierno y Justicia. Delégase facultades suficientes al Mtrio. de Hacienda y Finanzas, a los fines de disponer de los montos transferidos que correspondan al Gobierno Provincial,en función de las necesidades que surjan en el ejercicio 2018, por $ 40.000.000,00. La erogación de lo dispuesto se imputará a las partidas del presupuesto de Recursos y gastos vigente, de conformidad a lo enunciado en los Anexos I y II respectivamente, para consulta en Dpto.
Archivo de esta Dirección.
Dcto. EC y T. SEDyR Nº 1754 28-12-2018
Educación, Ciencia y Tecnología Otórgase un subsidio por $ 1.000.000,00 a favor del Club Ateneo Mariano Moreno, en la persona de su Presidente Sr.
Mario Augusto Gershani, DNI. Nº 6.967.422 y de su Tesorero Sr. Diego Alejandro Castro, DNI. Nº 31.082.849, destinado a solventar los gastos que demanden la participación del equipo del mencionado club, en la Primera División de Vóleibol Masculino en la Liga Argentina de Clubes, Serie A2, Temporada 2018/
2019. Establécese que el mismo, será abonado en cuotas de acuerdo a la disponibilidad financiera de la Secretaría de Estado de Deportes y Recreación. Los desembolsos se harán efectivos previa rendición de cuentas del desembolso anterior. El beneficiario deberá presentar ante la Dción. de Administración de la Secretaría mencionada, rendiciones de cuentas parciales con toda la documentación que acredite la utilización de la suma concedida, en un plazo no mayor a los 30 días corridos del mes inmediato siguiente a aquel en el que se hubieren realizado los aportes, ello de conformidad a lo normado por la Acordada T.C. Nº 602/80 del Tribunal de Cuentas de la Provincia. El gasto será imputado a las partidas del ejercicio vigente.

Núm. 12

Decreto Acuerdo Nº 1755
INCORPÓRASE A PLANTA DE PERSONAL
PERMANENTE DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA PROVINCIAL A LOS AGENTES DEL
ESCALAFÓN VIAL, BAJO LA MODALIDAD
DE CONTRATO DE EMPLEO PÚBLICO
San Fernando del Valle de Catamarca, 28 de Diciembre de 2018.
VISTO
El Expediente S-10020/2018, los Artículos 14 bis, 31 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, los Artículos 59, 65 y 149 Inc.17 de la Constitución de la Provincia de Catamarca, los Artículos 5, 7 y 12 de la Ley N 5534 de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Financiero 2018; y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del presente Instrumento Legal, se propicia la incorporación de cargos a la Planta de Personal Permanente de las personas con Contratos de Empleo Público hasta el 01 de Diciembre de 2017.
Que por el Artículo 5 de la Ley N 5534 de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Fiscal 2018, se fija el número de Cargos de Planta Permanente y de Personal Temporario; como así también, de Horas Cátedra para el Personal Docente perteneciente a Planta Permanente y Temporario de la Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social.
Que la estabilidad, salvo excepciones, está tipificada en el caso de los empleados públicos, ya que puede ser considerada como un elemento natural de la relación entre ellos y la administración. Esto por la naturaleza especial del servicio y de la función pública, que es perenne y sujeta a mínimas variaciones y guarda la mejor correspondencia con los propósitos constitucionales.
Que la dignidad y el trabajo se relacionan en términos naturalmente entrañables, según lo reconoce con claridad el Art. 14 bis de la Constitución Nacional y la Declaración de los Fines y Objetivos de la Organización Internacional del Trabajo.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 8/2/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

CountryArgentina

Date08/02/2019

Page count29

Edition count1388

First edition01/12/2006

Last issue23/04/2021

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