Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 6/10/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0192
Martes, 6 de octubre de 2020
Sección I - Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Abadía ANUNCIO. Aprobación definitiva de Ordenanza concesión de Tarjetas de Estacionamiento para personas con movilidad reducida y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento reservadas para titulares de dicha tarjeta.
Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del Pleno de fecha 13 de Julio de 2020 de aprobación de la Ordenanza municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida en Abadía y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las personas titulares de la tarjeta, haciéndose público su texto íntegro para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA EN
EXTREMADURA Y DE LA CREACIÓN Y RESERVA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN LA
VÍA PÚLICA PARA LOS VEHÍCULOS DE LAS PERSONAS TITULARES DE LA TARJETA
De acuerdo con los preceptos constitucionales señalados, los poderes públicos actuarán, entre otros, según los principios de accesibilidad y transversalidad en sus políticas en materia de discapacidad, tal y como queda plasmado en el artículo 1 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que, en su artículo 3, recoge entre sus principios los de vida independiente y accesibilidad universal.
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CVE: BOP-2020-3795
Constituye un deber de los poderes públicos garantizar el máximo bienestar posible a los/as ciudadanos/as, facilitando su participación en la vida política, económica, cultural y social. La Constitución española regula en su artículo 49 la atención a las personas con discapacidad desde el punto de vista del principio de igualdad y de la prohibición de discriminación consignados en los artículos 9.2 y 14 del texto constitucional.
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
PREÁMBULO.