Boletín Oficial de la Provincia de Burgos del 23/3/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos
burgos
boletín oficial de la provincia núm. 57
e
jueves, 23 de marzo de 2023
C.V.E.: BOPBUR-2023-01567
VI. ANUNCIOS PARTICULARES
COMUNIDAD DE REGANTES DEL RÍO ARANZUELO
Primero. Por la presente se pone en su conocimiento que, aprobada en Junta General de 16 de diciembre de 2022 la liquidación de la cuota ordinaria del ejercicio 2023, se acordó el fraccionamiento de su recaudación, en vía voluntaria, en dos periodos de cobranza, que tendrá lugar:
Primer periodo: entre los días 1 de abril y 1 de junio, ambos inclusive.
Segundo periodo: entre los días 1 de octubre y 1 de diciembre, ambos inclusive.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se advierte a los obligados al pago, que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas del procedimiento que se produzcan.
Asimismo, una vez finalizado el periodo voluntario, al amparo de lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se le prohibirá el uso del riego a quien no haya satisfecho las deudas.
Anuncio de exposición al público Aprobado el padrón cobratorio, estará a disposición de los interesados, en horario de atención al público, durante el plazo de un mes, en las antiguas escuelas de Hontoria de Valdearados.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las deudas incorporadas al mismo, podrá interponerse recurso de reposición ante el presidente de la comunidad de regantes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública del padrón.
En Hontoria de Valdearados, a 13 de marzo de 2023.
El presidente de la Comunidad de Regantes del Río Aranzuelo, Ignacio Olalla Bengoechea
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D.L.: BU - 1 - 1958
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