Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 28/9/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Butlletí Oficial de la Província dAlacant edita excma. diputació provincial dalacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Nº 185 de 28/09/2020
edita excma. diputación provincial de alicante
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO DOS ALICANTE
8840
PROCEDIMIENTO: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. GENERAL 349/20-E CITACIÓN
EDICTO
Dña. PILAR SOLANOT GARCIA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante, por el presente HAGO SABER: Que en el procedimiento Jurisdicción voluntaria. General nº 349/2020 E
se ha dictado diligencia de ordenación que contiene los siguientes pronunciamientos:
Por turnada a este juzgado la anterior solicitud de convocatoria judicial de Junta General, formulada por el procurador de los Tribunales Sra. M. TERESA FIGUEIRAS COSTILLA en nombre y representación de su poderdante D. LEON JAMES BROADY teniéndosele por comparecido y parte en este expediente y entendiéndose con el mismo las sucesivas diligencias en la forma dispuesta en la ley, en virtud de escritura de poder que acompaña.
Con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015 de 2 de julio en su art. 132 y sig. Comuníquese al BANCO DE SANTANDER-SUCURSAL DE MUTXAMEL
con domicilio en CALLE VIRGEN DEL PILAR, Nº 43 la anterior solicitud con entrega de copia, señalándose para la celebración de la comparecencia el día 1 DE OCTUBRE DE
2020 a las 10:00 HORAS, sirviendo la presente resolución de citación en legal forma para las partes personadas.
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La comparecencia se efectuará en la sala nº 9 de este Juzgado salvo que hubiera imposibilidad de utilizar los medios de registro tal y como ordena la Ley, en cuyo caso se procederá a su celebración en la Oficina Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el art 146 de la L.e.c., debiendo verificar por procedimiento informático el levantamiento del acta correspondiente.
Las partes deberán comparecer por medio de Abogado y Procurador.
Si no compareciere el solicitante ni alegare justa cusa, se le tendrá por desistido y se archivará el expediente.
Si no lo hace el requerido ni manifestare justa causa para no concurrir, se celebrará el acto y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que la ley disponga.
Y para que sirva de publicación en el BOP, expido el presente en Alicante, a 3 de septiembre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN DE JUSTICIA
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