Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 22/9/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Butlletí Oficial de la Província dAlacant edita excma. diputació provincial dalacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Nº 181 de 22/09/2020
edita excma. diputación provincial de alicante
MODO DE IMPUGNACIÓN: El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAShábiles contados desde el día siguiente de la notificación. De conformidad con la D.A. 15 de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de apelación contra esta resolución deberá constituir un depósito de 50 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco SANTANDER, en la cuenta correspondiente a este expediente 0149 0000 CC EEEE AA indicando, en el campo concepto el código 02 Civil-Apelación y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente CCC, 20 dígitos, se indicará en el campo concepto el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.
En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.
Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARACTER PERSONAL.- Se advierte expresamente a todas las partes, testigos y peritos y demás personas que sean receptoras de la presente resolución que deben guardar absoluta confidencialidad de todos los datos de carácter personal obrantes en la misma, quedando prohibida la transmisión de dicho datos o su comunicación por cualquier medio o procedimiento de los mismos debiendo ser trasladados para los fines propios de la Administración de Justicia. LO
15/1999 de 13 de diciembre de protección de Datos de carácter personal, bajo apercibimiento de incurrir en las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que haya lugar en otro caso.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a.
Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado A. Justicia doy fe, en BENIDORM, a treinta de septiembre de dos mil diecinueve.
Y para que sirva de notificación al demandado rebelde ALVARO SIXMILO HUARTE, cuyo domicilio se ignora, para su publicación en el B.O. de la Provincia y tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente en Benidorm, a nueve de julio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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