Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 3/6/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Butlletí Oficial de la Província dAlacant edita excma. diputació provincial dalacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Nº 104 de 03/06/2019
edita excma. diputación provincial de alicante
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA VALENCIA
5676
EDICTO DE LA SALA DE GOBIERNO DEL TSJ POR EL NOMBRAMIENTO DEL JUEZ DE PAZ TITULAR
DE LA VALL DE LAGUART.
E D I C TO
NOMBRAMIENTO JUEZ DE PAZ
ACUERDO de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por el que se nombra Juez de Paz.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento número 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 B.O.E. de 17 de julio de 1995 se hace público que La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en sesión del día 22/05/2019 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Nombramiento Juez de Paz
6º.- Nombrar a Don José Álvaro Moll Moll, con D.N.I. 7355-M, Juez de Paz titular de LA VALL DE LAGUAR DENIA-ALICANTE, para un período de cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la Provincia, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 2 de mayo de 2019, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 212/94, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 B.O.E. de 17 de julio de 1995. Expídase el correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Alicante.
Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado de Paz de La Vall de Laguar dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín
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