Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 17/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

17 Enero 2024

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 12

MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Huesca, Zaragoza, Lleida, Tarragona y Barcelona; la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 24 de noviembre de 2023, por la que se otorga a ENERGÍA INAGOTABLE DE
SEGIN, S.L. autorización administrativa previa para el parque eólico Segin de 35 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Huesca y Barcelona; y la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 24 de noviembre de 2023
por la que se otorga a ENERGÍA INAGOTABLE DE MAIA, S.L. autorización administrativa previa para el parque eólico Maia de 28 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación en las provincias de Huesca y Barcelona.
Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, no se otorgará autorización administrativa de construcción hasta que dicho expediente obtenga, a su vez, la autorización administrativa de construcción de las infraestructuras de evacuación pertinentes.
A efectos de la obtención de la autorización administrativa de construcción, antes de transcurridos tres meses, el promotor deberá justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resolución suponen o no una reducción de la potencia instalada autorizada en la presente autorización administrativa previa, y deberá incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, así como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario.
Asimismo, al proyecto de ejecución presentado, elaborado conforme a los reglamentos técnicos en la materia y junto con la declaración responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicación, se incorporará igualmente la documentación necesaria junto con una declaración responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo señalado en la presente resolución y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Si transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorización administrativa de construcción o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtención de la autorización administrativa de construcción de dicho proyecto de ejecución, la presente autorización caducará.
No obstante, el promotor por razones justificadas podrá solicitar prórrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 27 de noviembre de 2023. El Director General de Energía y Minas, Manuel Garcia Hernández.

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 17/1/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date17/01/2024

Page count73

Edition count4932

First edition02/01/2004

Last issue13/05/2024

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