Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 4/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

4 Enero 2024

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 3

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE
HUESCA 2024-2027

FUNDAMENTO LEGAL DEL PLAN
Conforme señala el preámbulo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en adelante, LGS: La Ley establece igualmente la necesidad de elaborar un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, con el objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las subvenciones con las previsiones de recursos disponibles, con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual.
A tal efecto, la normativa legal viene a configurar el Plan estratégico como el marco a través del cual debe realizarse la política de subvenciones de las Administraciones Públicas.
En este sentido, el artículo 8 LGS dispone con carácter básico que: Los órganos de las Administraciones públicas o cualquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En desarrollo de las previsiones contenidas en la LGS, el artículo 10 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la citada ley en adelante, RLGS, sin carácter básico, señala que los planes estratégicos de subvenciones a que se hace referencia en el citado artículo 8 se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
Asimismo, en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo, hay que tener en cuenta lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en dicho ámbito, así como lo dispuesto en la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.
En relación con la normativa aragonesa de subvenciones, hay que tener en cuenta las previsiones del Decreto Legislativo 3/2023, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón TRLSA, así como las recogidas en la Ley 8/2015, de 25

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 4/1/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date04/01/2024

Page count64

Edition count4951

First edition02/01/2004

Last issue07/06/2024

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