Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 20/1/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
20 Enero 2021
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 12
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE AISA
137
ANUNCIO
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA TRABAJADORES
AUTÓNOMOS, MICROEMPRESAS, PEQUEÑAS EMPRESAS Y MEDIANAS EMPRESAS
RADICADAS EN EL MUNICIPIO DE AISA Y AFECTADAS POR LA CRISIS SANITARIA Y
ECONÓMICA DEL COVID-19.
BDNS Identif.: 545219
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/545219
PREÁMBULO
El Ayuntamiento de Aisa convoca las ayudas municipales destinadas a paliar y actuar de forma inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID19, e impulsar la actividad económica en el municipio de Aisa, otorgando liquidez a las empresas del municipio para contribuir y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad y empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos.
Artículo 1.- Bases reguladoras y procedimiento de concesión Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones en el Ayuntamiento de Aisa, aprobada por el Pleno Municipal el día 13 de noviembre de 2020.
Las subvenciones establecidas se concederán en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con lo establecido en los artículos 22 y siguientes de la Ley General de Subvenciones, siendo compatible con otras otorgadas para la misma finalidad.
La gestión de estas subvenciones se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Artículo 2.- Créditos presupuestarios La cuantía anual máxima prevista para estas subvenciones es de 40.000 euros Artículo 3.- Objeto y finalidad de las subvenciones Estas subvenciones se dirigen a paliar la incidencia que ha tenido la declaración del estado de alarma, acordada por el Gobierno en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, prorrogado en sucesivas ocasiones, para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid 19.
Se dirigen a los trabajadores autónomos, microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas cuyo domicilio fiscal y el local afecto a la actividad radique en el término municipal 336
CSVG37G4H77LQHNANBOP