Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 29/9/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
29 Septiembre 2020
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 187
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE AISA
3484
ANUNCIO
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería al no haberse presentado reclamaciones durante el período de exposición pública, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos Aplicación CAPITU
LO
I
II
VI
Descripción
Créditos iniciales
Suplemento de crédito
Créditos finales
Gastos de personal
428.784,90
13.458,60
442.243,49
30.000,00
30.000,00
60.000,00
60.000,00
160.000,00
220.000,00
171
Transportes 22300
153
Obra POS de la DPH
61904
TOTAL
203.458,60
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos Aplicación: económica Cap.
8
Art.
87
Conc.
87000
Descripción
Euros
Incorporación Remanentes de Tesorería
203.458,60
TOTAL INGRESOS
203.458,60
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a y b, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la 7856
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