Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 7/2/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
7 Febrero 2018
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 26
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
CULTURA Y DEPORTE
524
ANUNCIO
Extracto del Decreto número 468, de fecha 2 de febrero de 2018, de la Presidencia de la Diputación Provincial de Huesca por el que se convocan subvenciones para actividades culturales y deportivas en los Ayuntamientos de la Provincia de Huesca para 2018.
BDNS Identif.: 385148
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca https sede.dphuesca.es/:
Primero. Beneficiarios:
Los Ayuntamientos de la provincia de Huesca que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la misma y que cumplan con los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
Segundo. Objeto:
Subvenciones para las actividades culturales y deportivas organizadas por los Ayuntamientos, con la finalidad de apoyar la promoción de la cultura y el deporte, consolidar los proyectos culturales como centros de referencia y ejes de una cultura de proximidad, así como potenciar la colaboración interinstitucional para alcanzar la mayor rentabilidad social y cultural posible.
Concretándose en la convocatoria cuales son las actividades subvencionables y cuales no.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Huesca y el Instituto de Estudios Altoaragoneses, publicada en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial.
Cuarto. Cuantía:
El importe máximo de las subvenciones asciende a 217.000,00 €. El gasto máximo subvencionable por municipio no podrá superar los 10.000,00 €, quedando excluidas aquellas solicitudes que superen esta cantidad. Cada municipio podrá realizar una única solicitud de subvención, bien para actividades culturales o bien para actividades deportivas.
En caso de duplicidad de solicitudes, ambas quedarían automáticamente excluidas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
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