Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 9/1/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

9 Enero 2018

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 6

C

SISTEMA DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
La inclusión del trabajador dentro de cada grupo profesional será el resultado de la ponderación global de los factores antes mencionados y de las titulaciones, en su caso, requeridas.
El sistema de clasificación profesional se configura en los grupos y niveles que a continuación se señalan.
La reseña de los grupos profesionales y niveles que se consignan en este Convenio, no supone que necesariamente deban existir todos, ya que su existencia estará en función, en todo caso, de las actividades que realmente deban desarrollarse.
GRUPO I: TÉCNICOS
Pertenecen a este grupo las personas que para el desarrollo de sus funciones deben tener una cualificación profesional en las técnicas propias del trabajo específico que desempeñan.
A los técnicos se les podrá atribuir, por conocimientos o experiencia profesional, funciones directivas o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad, acordes con las funciones asignadas. La asignación, modificación y cese de funciones dentro del Grupo de Técnicos es de libre designación por parte de la empresa.
Dentro de los técnicos se establece una distinción entre Técnicos y Técnicos Auxiliares, entendiéndose incluidos en el primero aquellas personas que desarrollan funciones de relevancia en los Departamentos y Servicios.
Además y desde el punto de vista del carácter del contrato, temporal o indefinido, los técnicos pueden ser:
Técnicos de estructura Técnicos de programas GRUPO II: ADMINISTRATIVOS: Son los trabajadores que desempeñan, en el sentido más amplio posible, todo tipo de tareas administrativas, contables, informáticas, comerciales desde las de mayor complejidad o cualificación hasta las más elementales, para las que no se precisa un título académico específico. Pueden ocupar puestos de mando o de especial responsabilidad.
Además y desde el punto de vista del carácter del contrato, temporal o indefinido, los administrativos pueden ser:
Administrativos de estructura Administrativos de programas GRUPO III: AUXILIARES: Se integrarán en este grupo quienes realicen funciones prácticas y manuales de apoyo al resto del personal, orientación al público, conserjería, conducción de vehículos y demás complementarias y análogas.
ARTICULO 24º:

PUESTOS DE MANDO O ESPECIAL RESPONSABILIDAD.

La dirección de la Cámara podrá designar a aquellos trabajadores que vayan a desempeñar funciones de mando sobre algún Departamento o Servicio a la estructura organizativa de la Cámara.
ARTICULO 25º
INGRESOS.

La selección y contratación del personal se hará de conformidad con las necesidades de la Cámara y según un sistema basado en los principios de mérito y capacidad.
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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 9/1/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date09/01/2018

Page count35

Edition count4931

First edition02/01/2004

Last issue10/05/2024

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