Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 29/10/2020
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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario
B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1126 - Publicado el: 29/10/2020
o E eRE T o Rosario," 2020 Año del Gral Manuel Belgrano",
N 137 8
28 de octubre de 2020.-
VISTO
El convenio de colaboración y su anexo, de fecha 6 de setiembre de 2020 suscriptos entre la Municipalidad de Rosario representada por el Señor Secretario de Salud Pública Dr Leonardo caruana y el Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción, representado por su Presidenta Bioq. Lidia Mannino y su Secretaria Bioq. Sandra Alvarez, cuyo objeto es la colaboración de profesionales colegiados que coadyuven junto a los equipos de salud, en la realización de las prácticas bioquímicas necesarias para la atención de los pacientes que concurren a los efectores
de salud dependientes de la
Secretaría de Salud Pública, en el contexto de la grave situación sanitaria, provocada por el virus Covid 19 y con vigencia en el periodo comprendido desde el 06 de setiembre de 2020 y hasta el 28 de febrero de 2021 y que podrá ser prorrogado si fuera necesario.
Y CONSIDERANDO
conveniente este Departamento Ejecutivo proveer sobre el particular
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1 o: RATIFICASE El convenio de colaboración y su anexo, de fecha 6 de setiembre de 2020
suscriptos entre la
Municipalidad de Rosario, representada por el Señor Secretario de Salud Pública Dr
Leonardo Caruana
y el Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción,
representado por su Presidenta Bioq. Lidia Mannino y su Secretaria Bioq. Sandra Alvarez, cuyo objeto es la
DGAFyP
colaboración de profesionales colegiados, que coadyuven junto a los equipos de salud en la realización de las
Partida Verificada
prácticas bioquímicas, necesarias para la atención de los pacientes que concurren a los efectores de salud, dependientes de la Secretaría de Salud Pública, en el contexto de la grave situación sanitaria, provocada por el virus Covid 19 y con vigencia en el periodo comprendido desde el 06 de setiembre de 2020 y hasta el 28 de febrero de 2021 y que podrá ser prorrogado si fuera necesario.
ARTICULO 20 EL GASTO que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la Partida
presupuestaria : 00.08999.1.08.01.00.01.01.01.2.1.03.04.02.00 servicios médicos sanitarios y asistenciales del presupuesto vigente, con estricto cumplimiento del art 55 de la O.C.
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