Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 22/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1075 - Publicado el: 22/04/2020

ANEXO No 1

Protocolo iiara la oeratoriadel comercio minorista v mavorista w r medios electrónicos -

y
Ámbito de Aplicación: El presente protocolo será de aplicación para Comercios Mayoristas o Minoristas de la Ciudad de Rosario, que trabajen a puertas cerradas SIN ATENCION AL PUBLICO, de manera EXCLUSIVA con ventas ON LINE o telefónica y despacho de mercadería con envíos a los domicilios de sus clientes, ya sea por cuenta propia o de terceros.

A PROTOCOLO FUNCIONAMIENTO GENERAL
1 Se podrán realizar tareas a puertas cerradas de preparación de los pedidos, facturación y envío de ventas efectuadas por teléfono y10 venta online por canal mayorista y10 minorista.
2 El horario permitido para el funcionamiento a puertas cerradas de los comercios será de 13:00
a 19:00 hs.
3 El personal afectado a las tareas arriba detalladas no podrá superar el 3O0/0 de la nómina del establecimiento. Aquellos locales que tengan una superficie total computando los mts2 del local comercial, depósitos y otros espacios menor a 40 m&. cuadrados contarán con no más de 2 dos personas para poder llevar a cabo las tareas de preparación y despacho de los pedidos. En todos los casos además se podrá contar con un supervisor o un titular a cargo del establecimiento y un personal para reparto cuando este sea a cargo de la empresa.
4 En aquellos locales ubicados en Galerías o centros comerciales deberá habilitarse un único punto de ingreso donde se realizará el control de temperatura correspondiente. Los cadetes o personas dedicadas al transporte de la mercadería de los distintos servicios no podrán ingresar a las Galerías o centros comerciales. Deberán anunciarse con el comerciante telefónicamente o por servicios de mensajería WhatsApp, mensaje de texto para proceder al retiro de la mercadería para su posterior envío. Se autorizará el ingreso de personal externo para realizar tareas limpieza de los espacios comunes.
5 Los comercios deberán consignar en su declaración jurada correspondiente la forma la movilidad del personal, priorizando el uso de vehículos particulares y10 de alquiler. Aquellos empleados de comercio que vivan en un radio menor a las 10 diez cuadras, deberán trasladarse a pie o en bicicleta con el fin de evitar el transporte público.
6 Se autorizará para el traslado de mercaderías, a través de una norma particular y
excepcionalmente por el período que dure la emergencia sanitaria, el uso de taxis, remises, vehículos autorizados para el transporte escolar y traslados de personas con discapacidad.
B PROTOCOLO DE INICIO DIARIO DE ACTIVIDADES
1 Control de Sintomatología al personal: Controlar temperatura del Personal antes de ingresar al establecimiento, la cual debe ser menor a 370C. Además, no debe presentar tos, ni
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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 22/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

CountryArgentina

Date22/04/2020

Page count15

Edition count1203

First edition10/10/2012

Last issue26/04/2024

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