Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 6/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1071 - Publicado el: 06/04/2020

cual deberán permanecer en sus residencias habituales o en el lugar en que se encuentren y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo.
Que dicho decreto 297/2020 fue prorrogado en fecha 31 de marzo hasta el día 12 de abril de 2020
inclusive.
Que según lo establecido en el Art. 10 del DNU 29712020, la Municipalidad de Rosario, en el ámbito de su competencia, debe dictar las medidas necesarias para implementar lo allí dispuesto, disponer de procedimientos de fiscalización y aplicación de las medidas decretadas y con recomendación de la autoridad sanitaria, ampliar o reducir las excepciones dispuestas en función de la dinámica de la situación epidemiologica y de la eficacia que se observe en el cumplimiento de la presente medida.
Que, habiéndose presentado situaciones adicionales a las previstas hasta la fecha, resulta propicio proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTiCULO 10: ADHIERESE, la Municipalidad de Rosario al Decreto 32512020 de fecha 31 de marzo de
2020.

ARTICULO 2 O : ESTABLECESE la prórroga por todo el periodo de tiempo que dure el "aislamiento
social, preventivo y obligatorio" con los eventuales aplazamientos que se dispongan a nivel Nacional, de la totalidad de las disposiciones establecidas en los decretos municipales 321/2020, 32912020, 35512020, 35612020, 35712020, 35912020, 36612020, 36712020 que hubieran previsto fechas de vencimientos previas o concomitantes a la del dictado del presente decreto.
ARTICULO 3O: DISPONESE en uso de las facultades previstas por el art. 76 del Decreto - Ordenanza
1997511957; que a partir de la fecha y mientras dure el periodo de "aislamiento social, preventivo y obligatorio", se tendrá como Único domicilio válido de notifícaciones, para la totalidad de los Agentes de Cobro y Registro de Sancionados, el domicilio electrónico constituido mediante formulario de incorporación al P.A.C. dispuesto en el art. 4 inc. 5 del Anexo del Decreto 284212014.

ARTICULO

4O:

ESTEBLECESE que mientras dure el periodo de "aislamiento social, preventivo y
obligatorio" se implementará un "Sistema Único de Notificaciones Electrónicas", que sera Único canal válido y obligatorio, para todas las notificaciones entre partes, para los contratos vigentes y10 a celebrarse con la Municipalidad de Rosario.

ARTICULO

5O:

DISPONESE que mientras dure el periodo de emergencia sanitaria, el poder ejecutivo
municipal, podrá a su solo arbitrio y cuando las necesidades operativas y sanitarias así lo justifiquen, reasignar objetivos y/o modificar lugar de prestación de servicios contratados, manteniendo el resto de las condiciones inalterables, sin que ello genere derecho a compensación extraordinaria alguna.
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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 6/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

CountryArgentina

Date06/04/2020

Page count9

Edition count1203

First edition10/10/2012

Last issue26/04/2024

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