Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 29/01/2021
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Source: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 19 - Viernes, 29 de enero de 2021
página 323
En el caso de que el acto fuese un laudo y transcurridos veinte días desde la notificación de estos laudos a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente, conforme establecen los artículos 44 y 45
de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y el artículo 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con los previsto en los artículos 8.5.º y 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo, podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje.
La presente notificación se hace con carácter previo a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.
CODIGO_VERIFICACION
Cádiz, 22 de enero de 2021.- La Delegada, Mercedes Colombo Roquette.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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