Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 09/09/2020
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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
BOCM
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 219
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
68
MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 495/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PILAR VEGA MONGE frente a ARJE FORMACION SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NUM. 56/2020
En la Villa de Madrid, a doce de Febrero de dos mil veinte.
Vistos los presentes autos por DON ANTONIO SEOANE GARCIA, Magistrado titular del Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid y su circunscripción territorial, instados por DOÑA PILAR VEGA MONJE contra ARJE FORMACION SOCIEDAD LIMITADA habiendo sido emplazado el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en Reclamación de Cantidad a sustanciar por la Modalidad procesal ordinaria ha procedido a dictar la presente Sentencia.
En virtud de todo lo anterior, FALLO que debo estimar parcialmente la demanda interpuesta por DOÑA PILAR
VEGA MONGE contra ARJE FORMACION SOCIEDAD LIMITADA y, en su virtud, CONDENAR a dicha Mercantil a que abone a la parte demandante el importe de DOS MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON OCHO CENTIMOS DE
EURO por los conceptos de la demanda. Más los intereses moratorios en la forma y cuantía que se establece en el Fundamento de Derecho tercero de esta resolución.
Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer Recurso alguno.
Por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ARJE FORMACION
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
03/20.942/20
http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200909-68
En Madrid, a diecisiete de febrero de dos mil veinte.