Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 01/05/2020

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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 104

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE MAYO DE 2020

Pág. 3

I. COMUNIDAD DE MADRID

C Otras Disposiciones Consejería de Economía, Empleo y Competitividad RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2020, de la Dirección General de Comercio y Consumo, por la que se acuerda la reanudación de determinados procedimientos administrativos de su competencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Debido a la rapidez en la evolución de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, a escala nacional e internacional, el Gobierno de la Nación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4, apartados b y d, de la Ley Orgánica 4/1981, de 1
de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró el estado de alarma en todo el territorio nacional con el fin de afrontar la crisis sanitaria, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Dicho estado de alarma fue prorrogado posteriormente mediante los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, y 487/2020, de 10 de abril.
La disposición adicional tercera del citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ordena la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público hasta que pierda vigencia dicha disposición o, en su caso, las prórrogas del mismo; concretando que las mencionadas medidas son de aplicación a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante lo anterior, el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyo artículo único, modifica el apartado 4 de la Disposición adicional tercera y habilita a la Administración para acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos no solo a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma sino también a situaciones que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.
La Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo establecido en el Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, tiene atribuidas, entre otras, las siguientes competencias:
La inspección y el control del mercado de bienes, productos y servicios de consumo, la adopción de las medidas necesarias para la protección de los consumidores y el diseño y la ejecución de las campañas de control de mercado y de seguridad de productos de consumo, siempre que no esté atribuida a otros órganos.
El ejercicio de la potestad sancionadora y del resto de funciones atribuidas a la Comunidad de Madrid en materia de protección de los consumidores, siempre que no estén expresamente atribuidas a otros órganos de la Administración Autonómica.
La ordenación, la promoción y el fomento del sector comercial, incluido el comercio ambulante, y del sector servicios La asistencia técnica a las empresas y asociaciones del sector comercial y de servicios.
El impulso de acciones promocionales en colaboración con los ayuntamientos, asociaciones y con el sector comercial dirigidas a incentivar el consumo y las ventas.
La coordinación y el apoyo técnico a la participación de empresas y de la propia Comunidad de Madrid en ferias, exposiciones y certámenes.
La ordenación, la promoción y el fomento del sector artesano, la mejora y modernización de las estructuras y de los procesos de producción y distribución artesanales y la gestión del Registro de Actividades Artesanas Del análisis de las competencias anteriores, cabe concluir que los procedimientos administrativos concernientes a las materias citadas quedan englobados en alguna de las categorías recogidas en el apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

BOCM-20200501-1

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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 01/05/2020

TitleBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

CountrySpain

Date01/05/2020

Page count38

Edition count4252

First edition12/02/2010

Last issue03/05/2024

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