Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 10/08/2019

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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 189

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE AGOSTO DE 2019

Pág. 5

2. Quedarán excluidos de este Convenio los empleados:
a b
Comprendidos en el artículo 1.3.c del Estatuto de los Trabajadores.
Los considerados como relación laboral de carácter especial, conforme al artículo 2.1.a del Estatuto de los Trabajadores.

Artículo 4. Vigencia La vigencia de este Convenio será desde el 1 de octubre de 2018 al 31 de diciembre de 2021.
Artículo 5. Denuncia 1. La denuncia de este Convenio se realizará por escrito con una antelación mínima de tres meses a su vencimiento por cualquiera de las partes.
2. Si las deliberaciones se prolongaran por plazo que excediera de la vigencia de este Convenio, se entenderá éste prorrogado provisionalmente en toda su extensión hasta suscribir el Convenio siguiente que le sustituya, sin perjuicio de que el nuevo convenio tenga obligatoriamente efectos retroactivos en el caso de que las negociaciones mencionadas sobrepasaran los plazos previstos.
3. En el caso de no mediar dicha denuncia por cualquiera de las partes con la antelación mínima referida, este Convenio se considerará prorrogado en sus propios términos de año en año.
Artículo 6. Compensación y absorción Las condiciones económicas pactadas en este Convenio compensarán y absorberán en su totalidad las que anteriormente rigieran, por mejora pactada o unilaterlamente concedida por la Empresa, imperativo legal, jurisprudencial, contencioso administrativo, convenio colectivo, pacto de cualquier clase, contrato individual, uso y costumbre o por cualquier otra causa Artículo 7. Formación y empleabilidad 1. GesNext extenderá e intensificará las acciones formativas que faciliten la estabilidad en el empleo, el desarrollo profesional de los trabajadores y en definitiva, pongan las bases para el mantenimiento de un buen clima laboral en el seno de la Empresa.
2. Las políticas de Gesnext que pudieran afectar a la Empresa durante la vigencia del Convenio, en materia de reorganización del trabajo, de mejora de la productividad y de optimización de costes, que pudieran suponer desvinculaciones de alcance colectivo serán realizadas, en su caso, mediante la aplicación preferente de mecanismos de voluntariedad de los empleados que pudieran verse afectados, previa negociación con los Representantes de los Trabajadores.
3. En caso de reestructurar actividades que supongan consecuencias sobre el empleo de alcance colectivo, ningún trabajador de Gesnext será baja en la Empresa con carácter forzoso sin previa negociación con los Representantes de los Trabajadores, en consonancia con los compromisos de estabilidad y garantía del empleo asumido por las partes.
Artículo 8. Comisión paritaria de interpretación y vigilancia 1. Se constituirá en un plazo máximo de 30 días naturales con posterioridad a la firma de este Convenio, una comisión paritaria compuesta de una parte, por tres miembros designados por la dirección de la Empresa, otros tres designados por el comité de empresa y un representante por cada una de las organizaciones firmantes de este Convenio, que actuarán con voz y voto.

3. Se reunirá cuando lo solicite cualquiera de las partes y será competencia de la misma regular su propio funcionamiento de conformidad con lo establecido en las presentes normas.
4. Serán funciones de la comisión:
a b
La vigilancia y el control de la aplicación del contenido de este Convenio.
El seguimiento de la aplicación de las medidas adoptadas en cumplimiento de este Convenio.

BOCM-20190810-1

2. El secretario de la comisión será nombrado por los representantes de los trabajadores y el presidente por la representación de la Empresa, debiendo recaer ambos nombramientos en miembros de la comisión sin que ninguno de ellos tenga voto de calidad.

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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 10/08/2019

TitleBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

CountrySpain

Date10/08/2019

Page count115

Edition count4262

First edition12/02/2010

Last issue15/05/2024

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