Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6770 - 14/12/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 300

Que, por el Expediente del Visto, la sociedad LA CORNISA PRODUCCIONES S.A.
con CUIT N 30-70716045-0, solicita la autorización para la delimitación de un área gastronómica sobre la acera y la calzada de la calle Cuba, frente al local comercial sito en Cuba 2916 de esta Ciudad;
Que, la Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros ha tomado oportuna intervención -conforme lo previsto en el Anexo I - Art.
12- mediante el informe IF-2023-43363876-GCABA-DGGSM, a través del cual informa que se considera viable la instalación del deck gastronómico, sobre la calle Cuba altura 2916, de esta Ciudad, en virtud de que, se ha constatado que cumple con los requisitos detallados en la Resolución N:RESFC-2022-1-GCABA-SECACGC;
Que, por el Informe IF-2023-45127093-GCABA-DGCCT, ha tomado intervención la Dirección General Competencias Comunales y Talleres DGCCT verificando la documentación obrante en las presentes actuaciones, mediante el cual se constata el cumplimiento de los requisitos reglados establecidos en la normativa vigente;
Que, de las actuaciones agregadas al Expediente y las inspecciones oculares realizadas por el cuerpo de inspectores de esta Junta Comunal se puede visualizar que el espacio público disponible es apto para el emplazamiento de una plataforma de esparcimiento, conforme surge del IF-2023-43495700-GCABA-COMUNA13;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conforme lo dispuesto por el Capítulo 9.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones Texto Consolidado por Ley Nº 6.347;
Que, el solicitante deberá exhibir la presente Resolución en el momento que le sea requerida;
Que, el autorizado deberá solicitar la renovación del presente permiso con una antelación de treinta 30 días previos al vencimiento del mismo bajo apercibimiento de disponer la baja del presente;
Que, deberá retirar o regularizar de acuerdo a la normativa vigente todas las estructuras y/o elementos emplazados en el Espacio Público;
Que, para emplazamiento del área gastronómica sobre calzada se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto que realice el permisionario de la normativa respectiva;
Que, los miembros de esta Junta Comunal han tomado la intervención que les compete.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas, LA PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N 13
RESUELVE:
Artículo 1º.- Otórgase desde la suscripción de la presente y por el término de cinco 5
años a la sociedad LA CORNISA PRODUCCIONES S.A

BO-2023-6770-GCABA-DGCLCON

Página 300 de 498

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date14/12/2023

Page count499

Edition count5611

First edition06/08/1996

Last issue15/05/2024

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