Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6755 - 24/11/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 455

Que, a dichos fines, mediante Decreto N 453-AJG/12 se delegó en las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo;
Que, dentro de las atribuciones de la Junta Comunal como órgano de gobierno, se contempla la de emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus competencias;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N 1-GCABA-SECACGC/22 se aprobó el Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de áreas gastronómicas en veredas, calzadas y otros espacios públicos, el cual establece que los permisos para el emplazamiento de áreas gastronómicas serán otorgados por un plazo de 5 años;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública concede en ejercicio de su poder de policía del dominio público, llevando implícita la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conf. lo dispuesto por el Capítulo 9.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones Texto Consolidado por Ley Nº 6.588;
Que, por el expediente citado en el visto, el Sr. Angel Raul Sombra, DNI N
11.075.271, en representación de la Razón Social MASLOP SRL, CUIT N 3071623333-9, solicita el permiso de uso y ocupación del espacio público para el emplazamiento de un área gastronómica, cerramientos laterales, cubiertas exteriores, artefactos de iluminación y calefactores exteriores sobre la acera de Av. Santa Fe, frente al local comercial sito en Av. Santa Fe 1200;
Que se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 9.8 del mismo;
Que tal como surge del expediente, el local mencionado se encuentra habilitado como "Café bar, Despacho de bebidas, wisquería, cervecería, entre otros rubros;
Que conforme lo establece el citado Código, sólo se podrá autorizar un área gastronómica en aceras cuyo ancho sea igual o mayor a 2 metros, 50 centímetros desde la arista externa del cordón hasta la línea oficial de edificación;
Que según consta en los actuados, el frente del local sobre Av. Santa Fe, posee una extensión de siete con treinta 7,30 metros y el ancho de la acera es de tres con cincuenta 3,50 metros;
Que, deberá dejarse un corredor libre de por lo menos uno con cincuenta 1,50
metros de ancho sobre la acera de Av. Santa Fe, contados desde la línea oficial de edificación y hasta el área gastronómica, y de 30 centímetros desde ésta al cordón de vereda;
Que mediante el Anexo III de la Resolución de Firma Conjunta N 1-GCABASECACGC/22, se establecen los requisitos para solicitar permisos de uso en el espacio público;
Que se podrán colocar parasoles dentro del área gastronómica, los cuales deben ser removibles, debiendo tener una altura no mayor a 3 metros ni inferior a 2 metros con todo su contorno desplegado, y no pudiendo exceder en ninguna de sus partes el área permitida;
Que el área gastronómica deberá extenderse dentro de los límites de la acera correspondiente al local habilitado, salvo que cuente con autorización expresa de los propietarios de los inmuebles o titulares de los comercios linderos;

BO-2023-6755-GCABA-DGCLCON

Página 455 de 723

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/11/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date24/11/2023

Page count724

Edition count5612

First edition06/08/1996

Last issue06/06/2024

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