Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6015 - 11/12/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 258

Que las mesas, sillas y parasoles a colocarse dentro del área gastronómica deberán armonizar entre sí y estar dispuestas de modo tal que se garantice el paso entre ellas;
Que se encuentra expresamente prohibida la colocación de mesas y sillas en el área de seguridad de las esquinas, comprendida entre las líneas imaginarias perpendiculares al cordón que pasan por los vértices de la ochava;
Que en aquellos casos en que las mesas, sillas y demás elementos permitidos se ubiquen en sectores que se reserven para uso de camiones de caudales no podrá utilizarse el espacio frente a las mismas en el horario de 9:00 a 18:00 horas;
Que en aquellos casos en que las mesas, sillas y demás elementos permitidos se ubiquen en sectores donde existen dársenas de carga y descarga, dichos elementos no podrán colocarse en el horario de 20:00 a 11:00 horas;
Que queda prohibida la colocación de maceteros o cualquier otro tipo de elementos sobre la acera que no se encuentren permitidos en la presente disposición;
Que queda expresamente prohibida la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso, en relación a los establecimientos contemplados en la Resolución Nº816-MAYEPGC/19;
Que estará a cargo del solicitante la integridad física del público asistente y peatones, como así también los daños que pudiesen afectar a terceros, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente;
Que el solicitante deberá exhibir la presente resolución toda vez que sea requerida;
Que el autorizado deberá solicitar la renovación del presente permiso dentro de los treinta 30 días previos al vencimiento del mismo;
Que deberá retirar o regularizar de acuerdo a la normativa vigente todas las estructuras y/o elementos emplazados en el espacio público;
Que para el emplazamiento del área gastronómica se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto de la normativa respectiva por parte del permisionario;
Que por el Informe N IF-2020-28930951-GCABA-DGCCT, ha tomado intervención la Dirección General Competencias Comunales y Talleres DGCCT verificando la documentación obrante en las presentes actuaciones, mediante el cual se constata el cumplimiento de los requisitos reglados establecidos en la normativa vigente;
Que, la Junta Comunal, tras analizar y deliberar la viabilidad del permiso solicitado, considera oportuno el otorgamiento del mismo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas, EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N 1
RESUELVE:
Artículo 1º.- Otórgase desde la suscripción de la presente y por el término de cinco 5
años a SOHO PLATEADO S.R.L., CUIT N30-71626928-7, el permiso de uso para la delimitación de un área gastronómica sobre la acera de la calle Pierina Dealessi para el local comercial sito en la calle Pierina Dealessi N 1330.
Artículo 2º.- Ordénase al permisionario respetar los siguientes parámetros para el emplazamiento del área gastronómica:
Dejar un corredor libre de por lo menos dos 2 metros de ancho, contados desde la línea oficial de edificación hasta el área gastronómica.
Dejar un espacio libre de 30 cm de ancho inmediatos al cordón de la acera.
Extenderse dentro de los límites de la acera correspondientes al local habilitado.
Evitar el área de seguridad de las esquinas.

BO-2020-6015-GCABA-DGCLCON

Página 258 de 431

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/12/2020

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date11/12/2020

Page count432

Edition count5611

First edition06/08/1996

Last issue15/05/2024

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