Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/4/2018 (Anexo)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

Nº 5357 - 19/4/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 3

e La oferta.
f El acto administrativo de adjudicación.
g La orden de compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del espíritu y finalidad del objeto de la Contratación.
ARTÍCULO 6.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS.
Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y mediante BAC, conforme los términos establecidos en el artículo 6 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
El GCABA constituye domicilio en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones UOA respectiva, sita en Uspallata 3160, Piso 2, Interno 7474/7797. Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay N 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N 77/PG/06.
Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos DIEZ 10 días de su notificación al Gobierno.
ARTÍCULO 7.- PLIEGOS. CONSULTA DE PLIEGOS. CIRCULARES.
Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo Licitante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, podrán llevarse a cabo por cualquier medio. En los procedimientos BAC, tales comunicaciones se efectúan a través del mismo sistema.

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/4/2018 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date19/04/2018

Page count1229

Edition count3384

First edition14/08/2008

Last issue14/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2018>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930