Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/12/2009 (Anexo)

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N 3313 - 2/12/2009

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 119

ANEXO - RESOLUCIÓN N 21 - SDGRBM/09 continuación estados financieros del Programa. Los auditores deben satisfacer tales solicitudes prontamente.
XI.

Términos de Ejecución.

El auditor ejecutará trabajo preliminar durante el año de su contratación. El auditor emitirá el borrador del informe a más tardar el 15 de mayo y el informe final a más tardar el 15 de junio.
Estas fechas son importantes para permitirle a la Entidad Ejecutora enviar al banco el informe final de auditoria del Programa antes del 30 de junio.
El plazo previsto para el primer contrato fue de dos ejercicios económicos. Sobre la base de esa primera experiencia se estableció el período de la presente contratación en un ejercicio económico, aceptado por el Banco.
El pago por los servicios de auditoria será como se indica en el respectivo contrato.
La SDGRBM puede proceder a la rescisión anticipada y exigir el pago de daños, intereses y costas en los casos que a continuación se detallan, sin que ello de derecho al adjudicatario a indemnización de ninguna naturaleza.
1. Razones que motiven la incapacidad legal del adjudicatario.
2. Incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
3. Si el adjudicatario transfiere el contrato.
4. Por paralización de los trabajos sin causa justificada y comprobada fehacientemente.
5. Si el adjudicatario estuviera involucrado en el país o en el exterior en situaciones, actos, prácticas profesionales o transacciones que puedan ser indicativas de fraude, delitos, abuso, actos ilegales o procedimientos de trabajo que lesionen la ética profesional.
6. Si el adjudicatario, al momento de la presentación de la propuesta de servicios de auditoria, desempeñara tareas profesionales en alguno de los proveedores del programa en forma individual o en las asociaciones, uniones transitorias, consorcios empresarios o cualquier otro tipo de unión empresarial, que posteriormente se generen.
Producida la rescisión por alguna de las causas expuestas precedentemente, la SDGRBM
pondrá en conocimiento de tales circunstancias al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Además de las causales mencionadas en los párrafos anteriores la SDGRBM podrá rescindir parcial o totalmente el contrato, en cualquier momento, sin expresión de causa alguna por solicitud expresa del BIRF.
GOBIERNO

DE

LA

CIUDAD

DE

BUENOS

AIRES

SUBDIRECCION
DE RELACIONES
CONfehacientemente EL BANCO MUNDIAL
En cualquiera de los GENERAL
casos la rescisión se notificará al adjudicatario 2009 Año de los Derechos Políticos de la Mujer quedando este obligado a presentar los informes pendientes de entrega al momento de la rescisión y a efectuar aquellos en curso de elaboración con el grado de avance en la tareas a
que debió llegar a esa fecha, bajo apercibimiento de requerirle el reintegro de honorarios percibidos correspondientes a las tareas desarrolladas y no informadas.

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/12/2009 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date02/12/2009

Page count154

Edition count3383

First edition14/08/2008

Last issue13/05/2024

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