Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 12/5/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 56.11 de mayo de 2021

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

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Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Las restantes disposiciones reglamentarias sobre la materia.
No obstante las presentes bases y sin perjuicio de los dispuesto respecto al temario, ejercicios de la fase de oposición y baremo de concurso de méritos que se mantendrá inalterable en la medida que han sido objeto de negociación, en la Mesa de Negociación de la Excma. Diputación Provincial, las bases podrán experimentar las modificaciones oportunas que a tenor de la aplicación y adaptación a la normativa de función pública de aplicación deba experimentar por imperativo legal.
BASE TERCERA.- Requisitos de los aspirantes.
Según lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 octubre por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, para ser admitido a estas pruebas selectivas, será necesario:
a Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b Tener cumplidos dieseis años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
c Título de Licenciatura/ Grado/ en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la Credencial que acredite su homologación.
d Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas.
f No hallarse inhabilitado penalmente para el desempeño de funciones públicas.
g Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos de la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y 25.4 de la Ley 11/2003 de 10
de abril, de la Generalitat, sobre el Estatuto de Personas con Discapacidad serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, siempre que se cumpla el requisito exigido en el apartado c de esta Base.
El Tribunal establecerá, para las personas discapacitadas que así lo soliciten, las adaptaciones necesarias para la realización de las pruebas. A tal efecto, los interesados deberán formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en la presente oposición., reflejando las necesidades específicas que tengan para acceder al proceso de selección y adjuntando Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido.
BASE CUARTA.- Solicitudes.
Participantes.
Quien desee participar en las correspondientes pruebas de acceso deberá cumplimentar la solicitud que les será facilitada en las oficinas de la Diputación de Castellón y estará disponible en la siguiente página web www.dipcas.es. A la misma debe adjuntarse:
a Fotocopia del D.N.I. o documento equivalente, caso de tratarse de extranjeros o nacionales de de Estados Miembros de la Unión Europea.
b El resguardo justificativo de haber pagado los derechos de examen. Si el pago se efectuó mediante giro postal o telegráfico, se consignará el número de giro.
c Fotocopia de la titulación exigida.
d En el caso de solicitar adaptación necesaria para la realización de las pruebas, fotocopia del certificado de minusvalía o en su defecto de la tarjeta acreditativa de la condición de discapacidad en los términos regulados por la Orden 3/2010 de 26 de marzo de la Consellería de Bienestar Social La falta de la justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Órgano al que se envían.
Las solicitudes se dirigen al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Castellón.
Plazo.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Lugar Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación, o en la forma que determina el artículo 16.4 y 66 de la Ley de 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, las solicitudes se podrán presentar en las Oficinas de Asesoramiento a Municipios, dependientes de esta Diputación, ubicadas en las localidades de la Provincia de Castellón que se indican:
12300-MORELLA, C/ San Julián, 52.- Tfno. 964-17 31 72
12330-TRAIGUERA, c/ Ancha, 11.- Tfno. 964-46 80 00.
12160-BENASAL, Pza. Don Blasco, 21.- Tfno. 964-44 20 00.
12200-ONDA, Pza. España, 20.- Tfno. 964-77 07 92

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Los aspirantes deberán comprometerse a jurar o prometer lo previsto en el artículo 62.c del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.

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Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 12/5/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

CountrySpain

Date12/05/2021

Page count124

Edition count4548

First edition20/01/2011

Last issue30/05/2024

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