Boletín Oficial de Cantabria del 16/2/2024 - Ordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
VIERNES, 16 DE FEBRERO DE 2024 - BOC NÚM. 34
ANEXO XI
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA PESCA EN LA CUENCA COSTERA OCCIDENTAL
Comprende todos los cursos fluviales que vierten al Cantábrico no incluidos en los anexos anteriores entre la Ría de Cubas y la Ría de Tinamenor. Incluye, entre otros, el río Escudo Apartado 1. Excepciones a la fecha de apertura para la trucha.
Ninguna.
Apartado 2. Excepciones a la fecha de cierre.
Ninguna.
Apartado 3.- Excepciones a los días y horarios hábiles.
Ninguna.
Apartado 4.- Excepciones a la talla mínima.
Ninguna.
Apartado 5.- Limitaciones específicas en materia de cebos, cupos y medios auxiliares.
Ninguna.
Apartado 6.- Reglamentación específica de los cotos de pesca.
Ninguna.
Apartado 7.- Zonas libres sin muerte.
Ninguna.
Apartado 8.- Vedados y prohibiciones especiales.
Quedan vedados los siguientes cursos y tramos fluviales:
- Río Turbio y todos sus afluentes.
- Arroyo del Capitán.
- Río Escudo: desde el puente de La Vía hasta su nacimiento y todos sus afluentes en este tramo.
- Río Bustriguado: desde el puente aguas arriba de Bustriguado hasta su nacimiento y todos sus afluentes.
- Río Gandarilla.
Apartado 9.- Tramos autorizados para la pesca del salmón atlántico.
CVE-2024-984
Ninguno.
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