Boletín Oficial de Cantabria del 18/10/2021 - Ordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
LUNES, 18 DE OCTUBRE DE 2021 - BOC NÚM. 200
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El órgano competente para resolver este expediente es el Director General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, de conformidad con la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
SEGUNDO.- El artículo 50.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, establece que el órgano competente de la Comunidad Autónoma fijará las medidas encaminadas a la restauración de la cubierta vegetal afectada por los incendios, que en todo caso incluirán el acotamiento temporal de aquellos aprovechamientos o actividades incompatibles con su regeneración y, en particular, el pastoreo, por un plazo que deberá ser superior a un año, salvo levantamiento del acotado por autorización expresa de dicho órgano.
TERCERO.- La declaración de acotado al pastoreo de un terreno incendiado ha de ajustarse al procedimiento regulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley de Cantabria 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.
VISTOS los Hechos y Fundamentos de Derecho anteriores, los preceptos citados y demás normativa de general aplicación, RESUELVO
PRIMERO.- Acotar al pastoreo 41,31 hectáreas de terreno en el monte montes "Aldano" nº 378, por un periodo de 5 años, a contar desde la entrada en vigor del acotamiento, para garantizar la restauración de los terrenos tras el incendio forestal sufrido.
Los límites de la zona a acotar se corresponden con los reflejados en el plano adjunto.
SEGUNDO.- La prohibición de entrada de todo tipo de ganado en los terrenos acotados será efectiva en el plazo de 20 días a contar desde la inserción de la presente resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Saro.
De conformidad con lo previsto en el art. 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución las Administraciones Públicas podrán interponer requerimiento previo al recurso contencioso-administrativo, ante el Consejo de Gobierno en el plazo de DOS 2 MESES a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Santander, 7 de octubre de 2021.
El director general de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, Antonio Javier Lucio Calero.
2021/8501
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boc.cantabria.es
CVE-2021-8501
El resto de interesados podrán interponer recurso de alzadaRECURSO DE ALZADA ante el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, en consonancia con el artículo 148 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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