Boletín Oficial de Cantabria del 22/4/2020 - Ordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
MIÉRCOLES, 22 DE ABRIL DE 2020 - BOC NÚM. 76
2.AUTORIDADES Y PERSONAL
2.1.NOMBRAMIENTOS, CESES Y OTRAS SITUACIONES
AYUNTAMIENTO DE RUENTE
CVE-2020-2717
Resolución de avocación temporal de las funciones delegadas en la Junta de Gobierno Local.
A la vista de los siguientes antecedentes y fundamentos legales:
Primero.- En mi Decreto del 21 de junio de 2019 delegué en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones reconocidas al alcalde por la Ley 7/1985, reguladora de Bases de Régimen en el artículo 21.1, letras j, o, y q, y por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en la Disposición Adicional Segunda, referidas a:
1.- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
2.- Las contrataciones y concesiones de toda clase.
3.- La aprobación de proyectos de obras y servicios.
4.- La adquisición de bienes y derechos.
5.- El otorgamiento de las licencias urbanísticas con sus liquidaciones de la tasa de licencia de urbanística e impuesto sobre construcciones.
Segundo.- El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El Estado de Alarma ha sido prorrogado por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, y por el Real Decreto 487/2020, de 10 de abril.
Tercero.- Las medidas adoptadas por la declaración del Estado de Alarma con la finalidad de la prevención y control de la salud pública suponen la limitación de concentración de personas, y hacen desaconsejable la celebración de sesiones de los órganos colegiados con participación presencial.
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Considerando la necesidad de mantener el funcionamiento y ejercicio de las competencias municipales, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121
CVE-2020-2717
Cuarto.- El artículo 46.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, apartado añadido por Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, posibilita la celebración de sesiones y la adopción de acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos, pero esta opción resulta muy difícil con los medios de que dispone este Ayuntamiento.
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