Boletín Oficial de Cantabria del 28/1/2020 - Ordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
MARTES, 28 DE ENERO DE 2020 - BOC NÚM. 18
2.AUTORIDADES Y PERSONAL
2.1.NOMBRAMIENTOS, CESES Y OTRAS SITUACIONES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y TURISMO
CVE-2020-536
Resolución de 20 de enero de 2020, por la que se declara desierta la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo nº 324, Secretario/a Alto Cargo de la Dirección General de Turismo de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo.
Vista la Orden PRE/73/2019, de 14 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 225, de 21 de noviembre, por la que se convoca la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo número 324, Secretario/a Alto Cargo de la Dirección General de Turismo de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo, reservado a funcionarios de carrera.
Una vez finalizado el procedimiento establecido en el artículo 44.2 de la Ley 4/93, de 10
de marzo, de la Función Pública de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a de la citada Ley, y en cumplimiento de lo dispuesto en la base sexta de la convocatoria, DISPONGO
Primero: Resolver la referida convocatoria declarando desierta la misma al no haberse presentado ninguna solicitud.
Segundo: contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santander, 20 de enero de 2020.
La consejera de Educación, Formación Profesional y Turismo, Marina Lombó Gutiérrez.
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boc.cantabria.es
CVE-2020-536
Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta la Orden en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 149 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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