Boletín Oficial de Cantabria del 3/9/2019 - Ordinario

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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MARTES, 3 DE SEPTIEMBRE DE 2019 - BOC NÚM. 169

"PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Para dar efectividad a la ORDEN GENERAL DE EJECUCIÓN dictada en las presentes actuaciones a favor de ROSARIO FRANCISCA QUINTANA CAMPO, como parte ejecutante, contra SMARTCAN TRANSPORT LOGISTICS, S. L., por la cantidad de 3.922,31 euros 1.998,56
euros de indemnización y 1.923,75 euros de salarios en concepto de principal y, en su caso, intereses ordinarios y moratorios vencidos, más 588,69 euros total despacho ejecución, 4.511
euros que se prevén para hacer frente a los intereses que, en su caso puedan devengarse durante la ejecución y a las costas de ésta, la adopción de las medidas que se expresarán a continuación.
Se declaran embargados los siguientes bienes propiedad de la ejecutada, en cuantía suficiente a cubrir dichas sumas reclamadas:
1.- Los depósitos bancarios y saldos favorables que arrojen las cuentas de cualquier clase abiertas a nombre del/los ejecutado/s en las principales entidades bancarias de esta ciudad, quienes deberán transferir las cantidades embargadas a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Oficina abierta en el Banco Santander con número 3855000064010519, librándose los oportunos oficios.
2.- Devoluciones que por cualquier concepto deba percibir la ejecutada de la Agencia Tributaria, mediante acceso al Punto Neutro Judicial.
3.- Las facturaciones que las siguientes empresas tuvieren ahora o en el futuro, a favor del ejecutado SMARTCAN TRANSPORT LOGISTICS, S. L. de las siguientes empresas:
GARCÍA BARREDO.
BABYPARÍS MODA INFANTIL.
COMERCIAL EUROFARO 2000.
Remítase el oportuno oficio.
Recábese información para la averiguación de bienes de los ejecutados a través del Punto Neutro Judicial.
Hágase saber a las partes deberán comunicar inmediatamente a la Oficina Judicial cualquier cambio de domicilio, teléfono, fax o similares que se produzca durante la sustanciación del proceso artículo 53.2 LRJS.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REVISIÓN por escrito ante el Órgano Judicial, dentro del plazo de TRES DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto. Para la admisión del recurso se deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituido un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano abierta en la entidad Banco Santander número 3855000064010519, a través de una imposición individualizada indicando el tipo de recurso, salvo que el recurrente tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido D.A.
Decimoquinta de la LOPJ.

Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a SMARTCAN TRANSPORT LOGISTICS, S. L., en ignorado paradero, libro el presente.
Santander, 26 de agosto de 2019.
La letrada de la Administración de Justicia, Lucrecia de la Gándara Porres.
2019/7775

i Pág. 22143

boc.cantabria.es
CVE-2019-7775

Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe. El/la letrado/a de la Administración de Justicia".

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Boletín Oficial de Cantabria del 3/9/2019 - Ordinario

TitleBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

CountrySpain

Date03/09/2019

Page count36

Edition count3582

First edition04/01/2010

Last issue14/05/2024

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