Boletín Oficial de Cantabria del 17/6/2021 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

JUEVES, 17 DE JUNIO DE 2021 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 48

Una de las principales novedades incluidas en la Orden HAC/22/2020, de 10 de julio, fue la incorporación por primera vez de la perspectiva de género en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, que supuso la evaluación de 6 programas presupuestarios. Para el ejercicio 2022, se mantiene el compromiso de aplicar la transversalidad de género al conjunto de políticas públicas del Gobierno de Cantabria, con la ampliación de la evaluación a 5 programas más del presupuesto, por lo que los programas presupuestarios que serán objeto de evaluación se elevan a 11, dando un nuevo paso hacia la consecución del objetivo de integrar la transversalidad de género a todo el Presupuesto de la Comunidad Autónoma.
Se mantiene, asimismo, la priorización del gasto y su detalle en diferentes niveles para cada una de las Secciones presupuestarias, de acuerdo con los objetivos perseguidos. Así, dentro del marco de las disponibilidades presupuestarias resultantes del techo de gasto, se determinarán las prioridades y, en consecuencia, la variación del presupuesto de gastos resultante.
Todo ello en base al límite de gasto no financiero coherente con la regla de gasto, el objetivo de estabilidad y de deuda pública establecidos por el Estado de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
En continuación con la línea iniciada por la Orden HAC/22/2020, de 10 de julio, se mantiene y se amplía el sistema de seguimiento de objetivos para determinados programas presupuestarios que se especifican en la propia Orden, que permitirá analizar los costes y rendimientos de los programas, el nivel de realización de los objetivos, así como las desviaciones entre las magnitudes estimadas y las realizadas y sus causas.
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 36.2 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas, DISPONGO
Artículo 1.- Criterios generales de presupuestación.
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2022 adecuarán sus ingresos y gastos al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto fijados por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, en el marco de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Asimismo, se ajustará al límite de gasto no financiero, cuyo cálculo para el 2022 en la Comunidad Autónoma de Cantabria se realizará conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril y las directrices que lo desarrollan.
La asignación de los recursos disponibles entre los distintos programas de gasto tendrá como líneas fundamentales la creación de empleo, la calidad de los servicios públicos, la potenciación del bienestar y la cohesión social y territorial de la población cántabra y el compromiso con el medio rural, incluyendo el reto demográfico, así como potenciar la inversión productiva.
Esta priorización se realizará con la garantía, en todo caso, de cobertura de los compromisos ya adquiridos y la realización de las actuaciones cofinanciadas con recursos de carácter finalista, tanto de la Unión Europea como de otras Administraciones y entes.
En cualquier caso, todas las actuaciones presupuestarias tendrán como marco de actuación los principios que emanan de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y tratarán de converger con los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS.

1.- Las normas contenidas en la presente orden serán de aplicación a todos los sujetos que conforman el sector público de la Comunidad Autónoma según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas.
2.- Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria integrarán:
a El Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el que se integran los presupuestos del Parlamento de Cantabria y de los organismos autónomos: Servicio Cántabro de Salud, Servicio Cántabro de Empleo, Instituto Cántabro de
i Pág. 2296

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CVE-2021-5683

Artículo 2.- Ámbito de aplicación y unidad de presupuestación.

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Boletín Oficial de Cantabria del 17/6/2021 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

CountrySpain

Date17/06/2021

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Edition count838

First edition07/01/2010

Last issue02/05/2024

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