Boletín Oficial de Cantabria del 28/2/2011 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

GOBIERNO
de CANTABRIA

B O L E T Í N

O F I C I A L

D E

C A N TA B R I A

LUNES, 28 DE FEBRERO DE 2011 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 4

7. No existen obligaciones de aportación de industria ni hay establecidas, por la propia naturaleza de la Entidad como caja de ahorros, prestaciones accesorias por las que se deriven obligaciones de compensación de ningún tipo.
8. No se atribuirá ninguna clase de ventajas a los administradores de ninguna de las entidades participantes en la segregación ni al experto independiente interviniente en la operación.
9. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, regulador del supuesto de sucesión de empresa, Banco Base se subrogará en los derechos y obligaciones laborales de los trabajadores de la Entidad vinculados a la unidad económica constituida por el negocio financiero objeto de la segregación. Ambas entidades responderán solidariamente, en los términos legalmente previstos, de las obligaciones laborales nacidas con anterioridad a la segregación, así como de las obligaciones en materia de Seguridad Social, ya se trate de obligaciones de cotización o de pago de prestaciones generadas con anterioridad. La segregación proyectada se notificará a los representantes legales de los trabajadores con arreglo a lo previsto legalmente, así como a los organismos públicos a los que resulte procedente, en particular a la Tesorería General de la Seguridad Social.
10. No está previsto que, con ocasión de la segregación, se produzcan cambios de especial significación en la estructura del órgano de administración de la entidad beneficiaria desde el punto de vista de su distribución por géneros. Del mismo modo, no está previsto que, con ocasión de la segregación, se produzca ninguna incidencia sobre las políticas y su aplicación en materia de responsabilidad social corporativa ni en la Entidad ni en Banco Base.
11. Banco Base, una vez verificada la segregación, se regirá por los estatutos sociales según su redacción vigente, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, a la Junta General de Accionistas de Banco Base que resuelva sobre la segregación se someterá asimismo la propuesta de modificación estatutaria relativa a los aumentos de capital a realizar en el contexto de las segregaciones efectuadas por la Entidad y por el resto de Cajas de Ahorros integradas en el SIP y la emisión de las acciones correspondientes, a la que se refiere el Proyecto de Segregación.
Adicionalmente, desde la fecha de publicación de esta convocatoria, se encuentra a disposición de los consejeros generales, para su examen, la documentación relativa a los puntos del Orden del Día de esta Asamblea.
Santander, 25 de febrero de 2011.
El presidente de la Entidad, Enrique M. Ambrosio Orizaola.

CVE-2011-2750

2011/2750

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Boletín Oficial de Cantabria del 28/2/2011 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

CountrySpain

Date28/02/2011

Page count5

Edition count838

First edition07/01/2010

Last issue02/05/2024

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