Boletín Oficial de Canarias del 24/3/2020
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Source: Boletín Oficial de Canarias
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Boletín Oficial de Canarias núm. 58
9286
Martes 24 de marzo de 2020
III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes 1171 Dirección General de Universidades.- Resolución de 2 de marzo de 2020, por la que se estiman los recursos potestativos de reposición interpuestos contra la Resolución de 18 de diciembre de 2019, de concesión de becas para estudios universitarios en el curso 2019/2020.
Examinado el procedimiento iniciado por la Dirección General de Universidades referente a la convocatoria de becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2019/2020, y de acuerdo con los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Orden de la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2019/2020
y se realiza la convocatoria de determinadas becas y ayudas.
Segundo.- Con fecha 9 de enero de 2020, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la primera Resolución definitiva de concesión de becas para la realización de estudios universitarios en el curso académico 2019/2020.
Tercero.- El plazo de presentación de recursos fue desde el 10 de enero de 2020 hasta el 9 de febrero de 2020.
A los anteriores antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Ley 8/2003, de 3 de abril, de Becas y Ayudas a los Estudios Universitarios, tiene por objeto establecer el régimen general de las becas y ayudas a los estudios universitarios que el Gobierno de Canarias oferta en sucesivas convocatorias anuales con cargo a los Presupuestos de la Comunidad, de cara a facilitar el acceso de los estudiantes a los mismos.
Segundo.- El Decreto 30/2004, de 23 de marzo, regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación. De acuerdo con su artículo 12, en la resolución por la que se concedan las becas o ayudas se hará constar el beneficiario, el importe, la aplicación presupuestaria del gasto y la forma de pago.
Tercero.- Es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como, el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, por el que se establece el
https sede.gobcan.es/boc
boc-a-2020-058-1171