Boletín Oficial de Bizkaia del 1/4/2020
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Source: Boletín Oficial de Bizkaia
BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Miércoles, 01 de abril de 2020
Pág. 3
rrespondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre el Patrimonio se determinará por Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas en el momento en que la misma pueda ser concretada.
En su virtud, y en uso de la habilitación conferida por el apartado i del artículo 39
de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia, DISPONGO:
Artículo Uno.Modificación de la Orden Foral 541/2020, de 5 de marzo del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se aprueba el modelo 100 de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al período impositivo 2019 y se aprueba el procedimiento para su presentación telemática Se introduce la siguiente modificación en la Orden Foral 541/2020, de 5 de marzo del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se aprueba el modelo 100 de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al período impositivo 2019 y se aprueba el procedimiento para su presentación telemática:
Se da nueva redacción al artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:
Artículo 4.Plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso La presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes al período impositivo 2019, se efectuará en el plazo comprendido entre el 4 de mayo de 2020 y la fecha que se determine mediante Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas.
Artículo Dos.Modificación de la Orden Foral 540/2020, de 5 de marzo, del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se aprueba el modelo 714 de autoliquidación del Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al período impositivo 2019 y se aprueba el procedimiento para su presentación telemática Se introduce la siguiente modificación en la Orden Foral 540/2020, de 5 de marzo, del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se aprueba el modelo 714 de autoliquidación del Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al período impositivo 2019
y se aprueba el procedimiento para su presentación telemática:
Se da nueva redacción al artículo 3, que queda redactado en los siguientes términos:
Artículo 3.Plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso La presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se efectuará en el plazo comprendido entre el 4 de mayo 2020 y la fecha que se determine mediante Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas.
DISPOSICIÓN FINAL
Disposición Final Única.Entrada en vigor La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia.
En Bilbao, a 26 de marzo de 2020.
El diputado foral de Hacienda y Finanzas, JOSÉ MARÍA IRUARRIZAGA ARTARAZ
cve: BOB-2020a063
Núm. 63
BOB
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