Boletín Oficial de Bizkaia del 19/6/2019

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Source: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Miércoles, 19 de junio de 2019

Pág. 483

SECCIÓN V
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social número 24 de Madrid Procedimiento ordinario 693/2017

Doña Marta Menarguez Salomón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 693/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Rafael Valle Molina frente a Sogeprovi, S.L., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Que estimando la demanda deducida por Rafael Valle Molina contra Sogeprovi, S.L., debo condenar y condeno a tal compañía mercantil a que pague a la parte actora la suma de cinco mil novecientos sesenta y un euros con treinta y dos céntimos, más la que ésta devengue a razón del diez por ciento anual desde el día treinta de mayo de dos mil diecisiete.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10
de octubre, reguladora de la jurisdicción social, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander, en la CCC 00493569-92-0005001274, y al concepto clave 2522000000069317. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito de trescientos euros, que ingresará con independencia a la consignación en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
Incorpórese esta Sentencia al correspondiente libro y expídase certificación literal de la misma para constancia en las actuaciones.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma Sogeprovi, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Bizkaia, en Madrid, a siete de junio de dos mil diecinueve.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.La Letrada de la Administración de Justicia
cve: BOB-2019a116

Núm. 116

BOB

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA

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Boletín Oficial de Bizkaia del 19/6/2019

TitleBoletín Oficial de Bizkaia

CountrySpain

Date19/06/2019

Page count485

Edition count7603

First edition01/09/1993

Last issue15/05/2024

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