Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del 28/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz

Área de Transformación Digital y Turismo
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Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Solicitud de plaza en el programa de Turismo Termal 2021 anexo I.
Tercero.- Incoar la apertura del oportuno expediente de gasto por la cuantía total máxima que fije la convocatoria en concepto de aportación de la Diputación a dicho programa. El importe destinado a la convocatoria de 2021, se encuentra consignado en la aplicación presupuestaria 162/43200/47900/0800 "Programa de Turismo Termal" del presupuesto general de la entidad para 2021, con una dotación de 50.000 euros.
Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones convocadas en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las bases de ejecución del presupuesto general de Diputación los Principios de actuación y los objetivos generales y estratégicos del plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz para el año 2020 y demás normas de Derecho administrativo aplicables.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución a la Secretaría General de la Institución a efectos de poder dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.d del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación nacional, a efectos de la transcripción de la presente respecto a las funciones de fe publica que comprende "Transcribir al libro de resoluciones de la Presidencia las dictadas por aquella y por los miembros de la Corporación que resuelven por delegación de la misma".
Sexto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia para garantizar su divulgación y facilitar su conocimiento.
Lo dispone así el Diputado Delegado del Área de Transformación Digital y Turismo, por decreto del presidente, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, dando fe de todo ello como Secretario General.
El Presidente. P.D. Decreto 5/7/2019, BOP 128, 8/7/2019, el Diputado Delegado del Área de Transformación Digital y Turismo, Manuel José González Andrade, Ante mi: El Oficial Mayor, Secretario General en funciones, Enrique Pedrero Balas.

BASES REGULADORAS
Base 1. Objeto.
1. Las presentes bases tienen como objeto la regulación de la concesión de subvenciones en especie en el marco del Programa de Turismo Termal de la Diputación de Badajoz para su desarrollo en establecimientos termales de su provincia durante el año 2021.
2. La concesión de estas subvenciones facilita el acceso de los ciudadanos, en las condiciones establecidas en estas bases, a los servicios de tratamientos termales que presten los establecimientos acogidos al mismo en la provincia de Badajoz.
Base 2. Naturaleza de la subvención.
Las subvenciones de estas bases, tienen la consideración de ayudas en especie, tal y como recoge la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y artículo 3 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.
Por tanto, la concesión de subvención y la condición de beneficiario no supondrá derecho alguno de cobro, sino la condición de beneficiario de unos servicios subvencionados, contratados previamente por la Diputación de Badajoz con la intención de otorgarlos a las entidades beneficiarias de la convocatoria.
Por lo anterior esta subvención no permite la concurrencia con otras ayudas y subvenciones del mismo objeto, en el mismo periodo de disfrute del servicio previsto en la presente convocatoria, para programas de otras administraciones públicas con la misma finalidad.
Igualmente decae la consideración de los pagos anticipados.
Base 3. Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a esta línea de ayudas asciende a 50.000 euros, e irán imputados a los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria:
162/43200/47900/0800
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1 Planta www.dip-badajoz.es/bop
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Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del 28/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Badajoz

CountrySpain

Date28/10/2021

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Edition count3062

First edition02/01/1998

Last issue03/10/2023

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