Boletín Oficial de Aragón del 15/07/2019

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Source: Boletín Oficial de Aragón

Boletín Oficial de Aragón
15/07/2019

2. La convocatoria se publicará en la página web del Departamento competente en materia de educación no universitaria y en el tablón de anuncios del Servicio Provincial correspondiente, y en su caso se comunicará a asociaciones o entidades que puedan tener personal que cumpla los requisitos de ésta.
3. Las personas interesadas presentarán una instancia ajustada al modelo que se incluya en la convocatoria dirigida al Servicio Provincial correspondiente en el plazo de 10 días hábiles, desde la fecha de su publicación.
4. Junto con la instancia las personas interesadas presentarán la documentación que se indique en la convocatoria, que al menos será la que acredite su experiencia profesional relacionada con las enseñanzas sobre las que se va a desarrollar la docencia así como cuanta consideren de interés para una mejor valoración de sus méritos y competencia profesional.
Artículo 4. Órgano de selección.
1. El titular de la Dirección de cada Servicio Provincial nombrará las comisiones de selección responsables del procedimiento de selección de las plazas convocadas. Cada comisión de selección podrá actuar en la evaluación de varias plazas de profesorado especialista.
2. Las comisiones de selección estarán compuestas por:
aUn representante de la Inspección de Educación del Servicio Provincial correspondiente que presidirá la comisión de selección.
b El titular de la Jefatura de departamento del centro docente dónde se vaya a incorporar el profesorado especialista. En el caso de que en el centro docente no exista el departamento didáctico correspondiente, se nombrará a un profesor/profesora de otro centro docente.
c Un representante de la Unidad de Programas del Servicio Provincial que actuará como secretario de la comisión de selección.
3. El régimen de funcionamiento de esta comisión se ajustará a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con los órganos colegiados.
Artículo 5. Valoración de las solicitudes.
1. La comisión de selección valorará a los candidatos atendiendo a la baremación establecida en el anexo de esta Orden.
2. A la vista de los resultados obtenidos por los candidatos en la fase de baremación, la comisión de selección podrá realizar una prueba complementaria de carácter práctico que deberá anunciarse con una antelación mínima de tres días hábiles. El resultado de la prueba práctica no superará el 50% de la puntuación máxima alcanzable obtenida de la suma de todos los apartados de la baremación. Esta puntación se sumará a la puntuación total obtenida en la fase de baremación.
3. La comisión podrá contar con los asesores que estime oportunos para la celebración de la prueba práctica.
Artículo 6. Listas.
1. Finalizado el proceso de valoración, la comisión de selección elaborará una relación provisional de las personas aspirantes, ordenadas de mayor a menor puntuación, y la hará pública en la página web del Departamento y en el tablón de anuncios del Servicio Provincial correspondiente.
2. Contra dicha relación podrán presentarse alegaciones en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación.
3. La comisión de selección, una vez examinadas las alegaciones recibidas, elevará al titular del Servicio Provincial correspondiente la relación definitiva de personas seleccionadas con indicación de las puntuaciones obtenidas por cada uno de ellos para que publique la lista definitiva mediante la correspondiente Resolución.
4. Esta Resolución podrá ser recurrida en alzada ante la persona titular del Departamento competente en materia de Educación no universitaria conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. La lista definitiva tendrá vigencia durante el curso escolar en que se haya realizado la convocatoria, pudiendo prorrogarse en caso de necesidad, por el titular de la Dirección del Servicio Provincial, hasta dos cursos escolares más. En caso de producirse la vacante de alguna de estas plazas, se realizará el llamamiento al profesorado especialista siguiendo el orden de la lista. Cuando se agote la lista definitiva y sea necesario contratar profesorado 20392

csv: BOA20190715001

Núm. 136

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Boletín Oficial de Aragón del 15/07/2019

TitleBoletín Oficial de Aragón

CountrySpain

Date15/07/2019

Page count164

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First edition11/04/1978

Last issue14/06/2024

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