Boletín Oficial de Aragón del 24/04/2019

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Source: Boletín Oficial de Aragón

Boletín Oficial de Aragón
24/04/2019

I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES
ORDEN CDS/384/2019, de 4 de abril, por la que se regulan los requisitos para la calificación de familia monoparental y el procedimiento de reconocimiento y expedición del Título de Familia Monoparental de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La Constitución dispone en el artículo 39.1 que los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Aragón, en el artículo 24.b, contempla como objetivo de las políticas aragonesas garantizar la protección integral de la familia y los derechos de toda forma de convivencia reconocida por el ordenamiento jurídico.
Esta Orden, cuyo objetivo es regular el procedimiento administrativo para el reconocimiento y expedición del título de familia monoparental en la Comunidad Autónoma de Aragón, se dicta de conformidad con el artículo 71.34 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, que atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de acción social, que comprende la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atienda a la protección de las distintas modalidades de familia, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad y otros colectivos necesitados de protección especial; y al amparo de la habilitación normativa efectuada por la Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón, al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, que tiene atribuida la competencia en materia de servicios sociales, conforme establece el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón.
El Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de Código del Derecho Foral de Aragón, el texto refundido de las Leyes Civiles Aragonesas, constituye el núcleo regulador de las relaciones familiares aragonesas en el ámbito privado, junto a la Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón, constituyendo así las señas de identidad de la regulación aragonesa en materia de familia, cuya Disposición Final Segunda, habilita al Departamento competente en materia de familias para regular los requisitos necesarios para la calificación de familia monoparental.
En la actualidad la realidad familiar aragonesa presenta una complejidad y diversidad extraordinaria que debe ser reconocida y abordada desde las instituciones públicas, para dar respuesta a las nuevas necesidades sociales surgidas. El Gobierno de Aragón reconoce esas singularidades sociológicas y asume la responsabilidad en la puesta en marcha de medidas que consoliden y atiendan a todas las familias, de manera especial a aquellas que por diversas circunstancias sociofamiliares se conviertan en más vulnerables.
Junto a las modificaciones de la estructura familiar, el aumento de las familias monoparentales con hijos y/o hijas a cargo es una realidad significativamente creciente. El aumento del número de estas familias, así como la constatación de que, en muchas ocasiones, la monoparentalidad supone un factor de vulnerabilidad, hace necesario regular su situación y ofrecer respuestas específicas a las diversas necesidades que presentan, así como a las dificultades que experimentan en las diferentes áreas en las que se desarrolla su vida.
Igual de diversas son las situaciones en las que una familia puede considerarse monoparental. Además de aquellas en las que existe un único progenitor o progenitora, o un único tutor o tutora, deben sumarse otras casuísticas en las que aun habiendo dos progenitores o progenitoras, tutores o tutoras, la realidad evidencia situaciones claras de monoparentalidad y en las que se hace preciso un reconocimiento de la misma. Hablamos, entre otras, de parejas separadas o divorciadas con ingresos muy bajos por pensión de alimentos, familias que sufren abandono de uno de los miembros adultos o aquellas en las que la mujer ha sido víctima de violencia.
La evidencia, así como la investigación revelan demandas de las familias monoparentales que exigen, por parte de la Administración autonómica, la adopción de medidas efectivas y transversales que permitan la compensación de desigualdades y palíen la compleja problemática que sufren muchas de las familias monoparentales, especialmente aquellas en las que es la mujer la única sustentadora de la unidad familiar.
Con la pretensión de lograr una política familiar en el Gobierno de Aragón de protección y apoyo a las familias monoparentales y facilitar el acceso a las diferentes medidas sectoriales, se hace imprescindible articular un procedimiento de acreditación de estas familias, así como 10347

csv: BOA20190424001

Núm. 78

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Boletín Oficial de Aragón del 24/04/2019

TitleBoletín Oficial de Aragón

CountrySpain

Date24/04/2019

Page count48

Edition count7642

First edition11/04/1978

Last issue07/06/2024

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