Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

666.-

DECRETO del Consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos de la Ciudad de Ceuta, D. Alejandro Ramírez Hurtado, por el que se aprueba el encargo al medio propio consistente en el Servicio de refuerzo de jardinería para atender las zonas verdes, parques y jardines de la Ciudad de Ceuta a la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., TRAGSA.
En la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos consta expediente 22514/2017 relativo a la adquisición por parte de la Ciudad de Ceuta de una acción de la empresa TRAGSA. En el expediente consta que con fecha 19 de septiembre de 2017, ala Ciudad Autónoma de Ceuta a través del Consejero de Fomento, adquirió ante Notario una acción ordinaria nominativa, completamente liberada, de un valor nominal de 1.100,00 € del capital social de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. TRAGSA que le confiere a la Ciudad Autónoma de Ceuta la condición de socio y le atribuye cuantos derechos se le reconocen en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en los Estatutos Sociales y en las Disposiciones que le sean de aplicación. Esta condición hace cumplir los requisitos exigidos por la STJCE de 19 de abril de 2007, para que la empresa pública TRAGSA sea medio propio de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
En el Consejo de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el 24 de marzo de 2017 y a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad de fecha 22 de marzo de 2017 Expediente 22711/2017 aprobó Convenio Marco entre la Ciudad Autónoma de Ceuta y la Entidad Estatal Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., TRAGSA y Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A. , S.M.E., M.P., TRAGSATEC.
De acuerdo con el párrafo 2º de la Cláusula Primera del mencionado Convenio, éste tiene por objeto establecer el marco general en el que deben desenvolverse en losucesivo las relaciones administrativas y económicas entre la Ciudad Autónoma de Ceuta y las sociedades integrantes del Grupo TRAGSA, mediante la definición de los procedimientos, de común aplicación, de manera que se pueda agilizar las relaciones entre las partes, mejorar su seguimiento y optimizar la calidad técnica de los trabajos a desarrollar.
El párrafo 3º establece que TRAGSA Y TRAGSATEC desarrollarán su actividad para la Ciudad Autónoma de Ceuta prestando sus servicios y ejecutando los trabajos que se le encomiende, en las áreas incluidas dentro de su objeto social, aplicándose las tarifas aprobadas por la Administración de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Vigésimo Cuarta del TRLCSP.
El Consejo de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el 31 de marzo de 2017 a propuesta de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, aprobó procedimiento administrativo de tramitación de encargos a la mercantil TRAGSA y susfiliales que deberán llevar a cabo todas las Consejerías.
En el expediente administrativo constan los siguientes documentos:
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Acta de Consejo de Gobierno de 31/03/17 donde se realiza la Aprobación del Procedimiento Administrativo para la tramitación de las encomiendas de gestión de la Ciudad Autónoma de Ceuta con la Mercantil Tragsa y sus filiales.
Acta de Consejo de Gobierno de 10/02/23 donde se realizan modificaciones en la regulación del Procedimiento Administrativo para la tramitación de las encomiendas de gestión de la Ciudad Autónoma de Ceuta con la Mercantil Tragsa y sus filiales.
- Certificado de TRAGSA en cumplimiento de la LCSP.
- Certificados de Retención de Crédito con números de documento:
- 12023000043745 de fecha 25/09/2023 por importe de 3.968.826,80 € con cargo a la partida 009/1720/11794 CONTRATO MANTENIMIENTO CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE.
- 12023000045150 de fecha 03/10/2023 por importe de 31.173,01 € con cargo a la partida 007/1720/22799 MANTENIMIENTO JARDINES, RETIRADA DE ALGAS, FUENTES, SAN AMARO, CEMENTERIO, MERCADOS, MATADERO, ETC.
Informe de necesidad de medios materiales y personales por el encargado deParques y Jardines.
Informe de necesidad del encargo.
Anexo I: Condiciones técnicas.
Anexo II: Presupuesto.
Anexo III: Justificación de precios.
Memoria justificativa del encargo.
Informe jurídico.
Información desde Intervención indicando que los expedientes de TRAGSA no sefiscalizan previamente conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno.
Texto de borrador del Encargo a TRAGSA.

Por su parte, el artículo 32.1, de la LCSP establece:
Los poderes adjudicadores podrán organizarse ejecutando de manera directa prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose de otra persona jurídica distinta a ellos, ya sea de derecho público o de derecho privado, previo encargo a esta, con sujeción a lo dispuesBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2.163

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date27/10/2023

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First edition19/11/1926

Last issue21/05/2024

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